MEF aprueba normas complementarias sobre régimen de pensiones 20530
Administración y pago de pensiones fueron transferidos a la ONP

ANDINA/Difusión
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó las normas complementarias para la transferencia a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) de la administración y el pago de pensiones en el régimen del Decreto Ley Nº 20530.

Publicado: 19/12/2024
Mediante Decreto Supremo N° 263-2024-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se indica que se encuentran comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente norma las entidades que administran y pagan pensiones y demás conceptos que correspondan percibir a los pensionistas pertenecientes al régimen del Decreto Ley N° 20530.
La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF, vía resolución directoral, establece cada año y de forma progresiva las entidades comprendidas en el cronograma para la transferencia de pensionistas, siendo responsable de su cumplimiento la máxima autoridad administrativa y del jefe de recursos humanos, o quien haga sus veces en las entidades.

La norma dispone que las entidades comprendidas en el cronograma deben remitir a la ONP la información y documentación sobre el reconocimiento y planilla de pensiones, así como de los procesos judiciales en trámite:
Las entidades transfieren a la ONP la información que contiene las planillas de pago de sus pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, el acervo documentario relativo al reconocimiento del derecho de los pensionistas y cualquier otra documentación necesaria para administrar y pagar las pensiones, así como toda la información y documentación de los procesos judiciales en trámite en materia previsional del citado régimen, según el detalle que la ONP indique.
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Se autoriza a las entidades para que, excepcionalmente, en los casos de aquellos pensionistas que vienen percibiendo pensiones y que no cuenten con la documentación sustentatoria que declara la condición de pensionista de carácter definitivo, a emitir el acto resolutivo que declara dicha condición, así como sus respectivos montos de pensión y detalle de los conceptos que la conforman, los que deben ser registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).
Lo anterior resulta aplicable a los casos en que el cese de los exservidores incorporados al régimen del Decreto Ley N° 20530 haya ocurrido con anterioridad al 1 de julio del 2008. Dichas resoluciones deben ser remitidas a la ONP con la documentación sustentatoria respectiva, bajo responsabilidad de la máxima autoridad administrativa de la entidad y el jefe de la Oficina de Recursos Humanos o el que haga sus veces.
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Por: ?Christian Ninahuanca pic.twitter.com/0Dh0KuZCRu
(FIN) CNA
JRA
Publicado: 19/12/2024
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