El Poder Legislativo promulgó hoy una norma que modifica el Código de los Niños y Adolescentes, con el objetivo de permitir que uno de los padres autorice el viaje de un menor al extranjero en ciertos casos excepcionales, como tratamientos médicos urgentes, estudios o participación en olimpiadas académicas y competiciones deportivas internacionales.
La
Ley Nº 32191, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, modifica el artículo 111 del Código de los Niños y Adolescentes, la cual establece que para que un menor viaje fuera del país es necesaria la autorización de ambos padres mediante certificación notarial. Sin embargo, en situaciones específicas, como enfermedad compleja del menor, participación en un programa de intercambio estudiantil o la obtención de una beca completa de estudios, bastará con la autorización de uno de los padres, siempre que se presenten los documentos pertinentes ante un notario.
En el caso de enfermedades raras o complejas que no puedan ser tratadas adecuadamente en el país, uno de los padres podrá autorizar el viaje, siempre que presente un informe médico detallado que certifique la urgencia del tratamiento y la necesidad de atención en el extranjero.
Para viajes relacionados con estudios, como intercambios académicos o becas, el consentimiento notarial de uno de los padres será suficiente, siempre que se presenten los documentos de admisión del centro educativo.
Asimismo, la nueva ley facilita la autorización notarial para menores que representen al país en olimpiadas académicas o competencias deportivas internacionales, a condición de que se presenten los documentos oficiales que validen la participación del menor en dichos eventos.
El Congreso también estableció que, en caso de desacuerdo entre los padres, la autorización será resuelta de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de los Niños y Adolescentes.
La ley entrará en vigor de manera inmediata y busca simplificar los trámites notariales, a la vez que asegura la protección y el bienestar de los menores en situaciones excepcionales.
Esta normativa es suscrita por el presidente y vicepresidenta del Congreso de la República, Eduardo Salhuana Cavides y Patricia Juárez Gallegos.