Produce invoca a regiones y municipios que aseguren funcionamiento de mercados
También que brinden facilidades a trabajadores de la cadena productiva y suministro relacionados al abastecimiento

ANDINA/Difusión
El Ministerio de la Producción (Produce) invocó a los gobiernos regionales y locales a asegurar el funcionamiento de los mercados de abastos, así como brindar facilidades a los trabajadores de la cadena productiva y de suministro de las actividades vinculadas al abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, de limpieza e higiene personal y otros, durante el Estado de Emergencia decretado por el Gobierno para frenar el avance del coronavirus (covid-19).
Publicado: 20/3/2020
"Se insta a los gobiernos regionales y locales que, en uso de sus facultades y competencias, contribuyan a garantizar la cadena productiva y de suministro de los productos vinculados a las actividades exceptuadas en el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM", señaló el Produce en un comunicado.
"En tal sentido, se les invoca a asegurar el normal funcionamiento de los mercados de abastos de productos de primera necesidad, supermercados, hipermercados, bodegas y farmacias; asegurando condiciones mínimas de higiene, evitando aglomeraciones", agregó.
Cabe recordar que mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM se declaró Estado de Emergencia Nacional por 15 días calendario y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), como medidas excepcionales para proteger la vida y salud de la población, con el objetivo de reducir el incremento del número de afectados por el covid-19.
Asimismo, con fecha 18 de marzo de 2020, vía Decreto Supremo N° 046-2020-PCM, se efectuó precisión al Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, disponiéndose, entre otros, la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios desde las 20:00 horas hasta las 05:00 horas del día siguiente.
Los que están exceptuados de estas medidas son el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, de limpieza e higiene personal, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos y servicios funerarios.
También los de transporte de carga y mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Dicha excepción alcanza también al personal de prensa escrita, radial o televisiva y las personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su salud.
En el mismo sentido, los ministerios de Defensa y del Interior han precisado, a través de un comunicado conjunto, que los vehículos particulares de los bomberos, así como del personal médico, enfermeras y personal que realiza labores de apoyo a la asistencia médica, debidamente acreditados, podrán circular por las vías del país durante las horas de vigencia de la inmovilización social obligatoria.
"Finalmente, se invoca a los comerciantes en general a cumplir con las medidas dictadas por el Ejecutivo, así como proveer de productos sin incurrir en acciones especulativas o elevando los precios de los productos, pues ello afecta al clima de paz social que debe imperar en las actuales circunstancias de emergencia que vive el país", señaló el Produce.
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????Gobierno estableció, a través del Decreto de Urgencia 029-2020, una serie de medidas que permitirán adoptar las acciones preventivas, de respuesta y de financiamiento, para reducir el riesgo de propagación del coronavirus (#COVID?19) https://t.co/Tff3KZ9QhDpic.twitter.com/U60yIWrGHB
— Agencia Andina (@Agencia_Andina) March 20, 2020
(FIN) CNA
Publicado: 20/3/2020
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