La Comisión de Constitución del Congreso aprobó el dictamen que plantea la conservación de las cédulas de votación escrutadas, por un plazo de 90 días, con el propósito de optimizar mecanismos de transparencia de resultados en procesos electorales.
La normativa actual dispone la destrucción de las cédulas de votación una vez concluido el escrutinio.
El dictamen aprobado modifica los artículos 279 y 300 de la ley electoral a fin de contar con un medio de verificación respecto de la votación y ante posibles fraudes.
De esta forma, se establece que, concluido el escrutinio, las cédulas de sufragio no impugnadas son colocadas en un sobre y remitidas a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para su custodia y conservación, bajo responsabilidad, por un plazo no menor a 90 días de realizado el acto electoral.
Transcurrido dicho plazo, la ONPE procede con su destrucción en acto público, con la presencia de un representante del Ministerio Público, pudiendo conservarlas en soporte digital. De llevarse a cabo procesos electorales de manera virtual, se guarda el soporte digital en el medio electrónico correspondiente.
La iniciativa legislativa se aprobó por mayoría, con 11 votos a favor y 6 en contra, en una sesión bajo la conducción de la congresista Gladys Echaiz (APP), en su condición de vicepresidenta.
Echaiz dijo que la modificación permitirá contar con un mecanismo tuitivo adecuado para incrementar la transparencia del proceso electoral, lo que redituará también en un incremento en la confianza de los electores y la legitimidad del proceso electoral.
Para el congresista Edgard Reymundo (CD-JP) la proyectada norma es contradictoria con el artículo 185 de la Constitución y viola el principio de preclusión del proceso electoral.
Posteriormente, el congresista Waldemar Cerrón (PL) presentó una reconsideración a la votación del dictamen, la cual solo tuvo el respaldo de 6 votos a favor y 8 en contra, es decir, no obtuvo los votos necesarios para su aprobación (11 votos).
(FIN) NDP/RMCH/JCR
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Publicado: 28/6/2022