El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), a través de una carta, respondió a los gremios que forman el sector Empleador, instándolos a reconsiderar su decisión y a participar en el foro del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE).
“Le comunicamos que lamentamos profundamente dicha decisión y esperamos que pueda ser reconsiderada”, indica la misiva firmada por el titular del MTPE, Juan Ramón Lira, dirigida al coordinador del sector Empleador, Oscar Caipo, destacó el citado portafolio ministerial.
En la carta, el MTPE explicó que la aprobación de las modificaciones al reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo “responde a una decisión de Gobierno”.
“En ese sentido, la labor realizada desde nuestro portafolio ha sido actualizar dicha normativa a fin de adecuarla a los estándares internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), con el propósito de disminuir los conflictos socio laborales mediante una adecuada gestión y promoción de la libertad sindical y la negociación colectiva”, detalló.
Levantar observaciones
Asimismo, precisó que los cambios se dan luego de 30 años de la aprobación del reglamento primigenio y, buscan adecuar dicha normatividad a las modificaciones efectuadas a la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo en el 2003 a fin de levantar las observaciones formuladas por el Comité de Libertad Sindical de la OIT.
El MTPE recordó que el referido decreto ley fue aprobado en un periodo dictatorial del país, cuando el Congreso de la República y las instituciones democráticas habían sido cerrados.
Por ello, se aprobó mediante un decreto ley sin mayores consideraciones democráticas, instaurando un régimen legal regresivo y desigual en el ámbito de las relaciones laborales, anotó.
“Con el paso de los años, algunos aspectos de esta situación han podido atenuarse. En esta orientación se debe entender el reciente decreto supremo 014-2022-TR, ya que a través de esa disposición se adecúa el marco reglamentario de las relaciones colectivas a lo establecido en el decreto ley, cuyo Texto Único Ordenado (TUO) fue emitido en el 2003, a la Constitución Política del Perú, a las decisiones, recomendaciones y observaciones de los órganos de control de la OIT y a los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos”, precisó.
Sobre la presunta actuación del MTPE sin debatir los proyectos de importancia laboral con los interlocutores sociales, el sector Trabajo y Promoción del Empleo aclaró que “no hemos presentado ninguna iniciativa legal que modifique una norma”.
“Por el contrario, hemos actuado acorde con la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE art. 6, 22 y 23), que especifica que los ministerios cuentan con competencia para reglamentar las leyes y aprobar las disposiciones normativas que le correspondan, respetando además todos los procedimientos legales que resultan aplicables para su emisión”, añadió.
Procedimiento de acuerdo a Ley
Explicó además que se ha procedido de acuerdo con la Ley 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la cual indica que el MTPE es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo.
Por ello, “reiteramos nuestra vocación de bregar por el diálogo tripartito, no solo en beneficio de un sector, como ha ocurrido en los últimos años, sino de las partes importantes en toda relación laboral: empleadores y trabajadores, invocando a repensar y ratificar nuestro accionar en pro de un empleo decente, con pleno respeto a los derechos fundamentales del trabajo”, agregó.
Finalmente, el MTPE insistió en que el sector Empleador reconsidere su decisión “teniendo en cuenta que tanto el Gobierno, como los empleadores y los trabajadores, a través del diálogo social tripartito, buscamos lo mismo, es decir, construir fuertes instituciones en el mercado de trabajo que contribuyan a la estabilidad y la paz social y económica a largo plazo”.
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(FIN) NDP/MMG/SDD
Publicado: 1/8/2022