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Sunat amplía régimen de recuperación anticipada del IGV para bienes de capital

Hasta el 31 de diciembre de 2023, según Decreto Legislativo 1463

ANDINA/Renato Pajuelo

ANDINA/Renato Pajuelo

08:15 | Lima, abr. 17.

El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Legislativo 1463 el cual busca prorrogar la vigencia y ampliar el ámbito de aplicación del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV) para promover la adquisición de bienes de capital.

Ello con el fin de coadyuvar con la reactivación de la economía y mitigar el impacto en la economía nacional, del aislamiento e inmovilización social obligatorio dispuesto en la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional decretado frente a las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del Covid-19.

De acuerdo con el Decreto Legislativo 1463 publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV para promover la adquisición de bienes de capital estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023, siendo de aplicación a las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos efectuadas durante su vigencia.

Indica que pueden acogerse excepcionalmente hasta el 31 de diciembre del 2021 al Régimen los contribuyentes del IGV cuyos ingresos netos anuales sean mayores a 300 UIT (1.3 millones de soles) y hasta 2,300 UIT (9.9 millones).

Además, que se encuentren acogidos al Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta o al Régimen General del Impuesto a la Renta.

“Tratándose de los sujetos incorporados al Régimen previsto en el párrafo anterior, dicho Régimen es de aplicación a las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos efectuadas desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021.

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(FIN) RGP/JJN

Publicado: 17/4/2020