La ley que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor, con la finalidad de mejorar la protección mínima del contrato de consumo, garantiza el derecho del consumidor para acceder a la información solicitada en un plazo razonable; favorece la atención física o virtual; contribuye con un mercado más transparente y mejora las condiciones de los servicios brindados, precisó el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
La Ley 31537, publicada ayer en el Diario Oficial El Peruano, se enfoca en la modificación del artículo 47 del Código para garantizar que los consumidores accedan a las copias físicas o virtuales de los contratos o condiciones generales de contratación en un plazo máximo de 15 días hábiles.
Adicionalmente, regula la contratación vía electrónica, telefónica o bajo cualquier sistema de atención automatizada asistido por inteligencia artificial o asistente digital al establecer que el proveedor es responsable de acreditar que la información fue puesta oportunamente a disposición del consumidor y que este aceptó las condiciones del contrato.
También establece que el plazo para entregar copias de los documentos que acrediten su contratación es igual al señalado en el literal e), es decir, se establece un plazo máximo de 15 días hábiles para entregar la información solicitada.
En ese marco, refiere el ente técnico, la norma fortalece lo dispuesto en el Código de Protección y Defensa del Consumidor respecto a que los consumidores tienen derecho a acceder a información oportuna, suficiente, veraz y fácilmente accesible, relevante para tomar una decisión o realizar una elección de consumo que se ajuste a sus intereses, y de elegir libremente entre los productos y servicios que los proveedores ofrecen en el mercado nacional.
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