La SBS dispuso hoy que el plazo para realizar el protesto de los títulos valores en poder de las entidades bajo su supervisión, y cuyos obligados al pago domicilian en el Perú o cuyo protesto debía llevarse a cabo en territorio peruano, se prorrogue por 30 días calendarios adicionales.
La disposición, que se estableció mediante Resolución 1260- 2020 publicada hoy en el diario El Peruano, precisa que los 30 días calendarios adicionales se empiezan a contar a partir de la fecha de vencimiento del plazo que legalmente existía para realizar dicho protesto
Esta medida se toma en el marco de la situación de emergencia que vive el país por el coronavirus y que viene afectando a las personas naturales y jurídicas, entre las cuales se encuentran deudores directos e indirectos de las entidades financieras, empresas de seguros, cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público y otras instituciones bajo la supervisión de la SBS.
Esta medida de carácter extraordinario será aplicable respecto a todo título valor que, al 11 de marzo del 2020, se encontraba con plazo vigente para ser protestado pero que, como consecuencia del estado de emergencia vigente, no pudo ser protestado dentro de los plazos establecidos en el artículo 72 de la Ley de Títulos Valores y será extensible para todo título valor cuyo vencimiento del plazo de realización del protesto ocurra hasta el 30 de abril del 2020.
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(FIN) MMG/JJN
Publicado: 20/3/2020