El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó las normas reglamentarias para reactivar la comisión evaluadora de las deudas del Estado generadas por fallos en calidad de cosa juzgada y ejecución al 31 de diciembre de 2019, con lo cual se cancelará o amortizará deudas hasta de 30,000 soles por acreedor.
Mediante
Decreto Supremo N° 027-2020-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se publicó dichas normas reglamentarias para la aplicación de la Duodécima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto Público 2020, y que reactiva la comisión evaluadora.
El texto de las normas reglamentarias consta de cuatro capítulos y 17 artículos, contenidos en un anexo que forma parte integrante de esta norma, y que será publicada los portales institucionales del MEF (
www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (
www.gob.pe/minjus).
Priorización
La cancelación y/o amortización de deudas será hasta de 30,000 soles por beneficiario del Gobierno nacional y gobiernos regionales, excluyendo las deudas por sentencias con calidad de cosa juzgada y en ejecución del sector Educación.
Así, los titulares de las entidades del Gobierno nacional y de los gobiernos regionales presentan la información relacionada al listado priorizado a la comisión para su evaluación, en un plazo no mayor a 30 días hábiles de haberse instalado la comisión multisectorial.
Luego, la comisión multisectorial elaborará un listado complementario que contiene deudas generadas por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2019, cuyo monto total no debe superar los 200 millones de soles con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.
El listado complementario del sector Educación se aprueba de acuerdo con sus normas reglamentarias establecidas por dicho sector.
La comisión multisectorial elabora y aprueba el listado complementario del sector Educación de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2019.
La Contraloría General de la República efectúa las acciones de control en las entidades públicas para verificar el cumplimiento de esta norma.
La Procuraduría General del Estado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos efectúa la supervisión de las actividades a cargo de las Procuradurías Públicas o las que hagan sus veces en las entidades antes referidas.
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(FIN) MJP/CNA