El Poder Judicial habilitó competencias a los órganos jurisdiccionales de emergencia de las cortes superiores del país para que puedan tramitar las solicitudes de beneficios penitenciarios, de semilibertad y liberación condicional.
La Resolución Administrativa 000119-2020-CE-PJ dispone, asimismo, que los referidos juzgados y tribunales especiales evalúen también las solicitudes de conversión automática de penas que presenten los condenados por el delito de omisión a la asistencia familiar.
En ese sentido, el órgano de gestión del Poder Judicial instó a los presidentes de las cortes superiores, de ser necesario, a designar órganos jurisdiccionales adicionales para resolver las solicitudes de beneficios penitenciarios.
Según la disposición legal con fecha de hoy, los requerimientos serán resueltos mediante
audiencias virtuales.
El CEPJ sesionó de forma virtual con la participación del presidente del Poder Judicial, José Luis Lecaros, y los magistrados Javier Arévalo, Héctor Lama, Gustavo Álvarez, Mercedes Pareja y Manuel Castillo, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Los referidos órganos jurisdiccionales de las diversas cortes superiores del país atienden de manera oportuna los casos graves y urgentes presentados ante sus despachos durante este periodo de aislamiento.
De ese modo resuelven procesos con detenidos, reos en cárcel con plazo de prisión preventiva improrrogable, habeas corpus, violencia familiar, medidas cautelares, consignaciones de alimentos, entre otros.