18:59 | Chiclayo, ene. 10.
A cuatro años de prisión suspendida fue condenado el procesado Víctor Antonio Becerril Rodríguez por haber aceptado pagar coimas al exalcalde provincial de Chiclayo David Cornejo Chinguel, informó hoy el Poder Judicial.
El imputado se sometió a la figura jurídica de terminación anticipada previo al inicio de la audiencia programada para debatir en su contra el pedido de prisión preventiva por 36 meses por los delitos de asociación ilícita para delinquir y cohecho activo genérico.
Becerril reconoció que a fines del 2018 le entregó al exburgomaestre 25,000 dólares en dos partes (primero 15,000 y luego 10,000) por tramitarle en la comuna de Chiclayo el cambio de uso de un terreno agrícola a zona urbana en el distrito de Pomalca. Se trata de un predio de 125 hectáreas denominado Canclón.
El otro hecho incriminatorio es haber participado en los acuerdos ilícitos entre Mirtha Gonzales Yep, investigada por este caso, y Cornejo para que la empresa de la citada mujer gane la buena pro, en marzo del 2015, para la construcción de la planta de transferencia de residuos sólidos de Chiclayo.
La titular del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, Cecilia Grández Rojas, consideró aceptar la reducción de la condena a Becerril por haber confesado de forma voluntaria los hechos de corrupción.
Asimismo, ordenó que pague 80,000 soles por concepto de reparación civil y se someta a reglas de conducta, bajo apercibimiento de revocarse su pena suspendida por una efectiva.
Pedido infundado
La magistrada declaró infundado el pedido del Ministerio Público de dictar prisión preventiva al imputado por el delito de asociación ilícita para delinquir porque, por el momento, no existen elementos suficientes para implicarlo en dicha red criminal.
“Considero que se debe seguir investigando para que existan argumentos más sólidos, como cuál fue su rol o de qué manera se benefició el acusado como presunto miembro de esa
organización criminal”, explicó.
Refirió que Becerril cuenta con arraigo domiciliario, familiar y laboral; y por haber reconocido el otro delito por el cual ya fue condenado no puede determinar la existencia del peligro procesal en este caso.
En ese sentido, se ordenó la liberación del inculpado, no sin antes pagar una caución de 10,000 soles.
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(FIN) NDP/JOT
Publicado: 10/1/2019