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Modifican fecha de pago de pensionistas de Ley 19990 para evitar riesgos de propagación

ANDINA/Difusión

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17:49 | Lima, abr. 1.

El Ministerio de Economía y Finanzas modificó el Anexo N° 3 de la Resolución Viceministerial N° 005-2019-EF/52.01, que aprueba el Cronograma Anual Mensualizado para el pago de las remuneraciones y pensiones en la administración pública, así como de las pensiones correspondientes al Decreto Ley Nº 19990.

De acuerdo con la Resolución Viceministerial Nº 02-2020-EF/52, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, la Oficina de Normalización Previsional comunica la necesidad de implementar medidas de contingencia para evitar exponer a los pensionistas comprendidos en el Régimen del Decreto Ley Nº 19990 a su cargo, a posibles fechas pico de propagación y contagio del Covid-19 en este mes.  

En tal sentido, dada la importancia de asegurar la atención de las citadas obligaciones en términos de mayor seguridad y cuidado a la población de riesgo, resulta necesario modificar el cronograma anual, en lo que respecta únicamente a las fechas de pago a los pensionistas del Decreto Ley N° 19990 correspondientes a abril del 2020.

Así, de acuerdo con la norma, los pensionistas cuyos apellidos empiecen con las letras A, B y C, podrán cobrar el 3 de abril; aquellos cuyos apellidos empiecen con D, E, F, G, H, I, J, K y L lo harán el 6 de abril; los que tengan apellidos que empiecen con las letras M, N, O, P y Q podrán cobrar el 7 de abril y quienes tengan apellidos que empiecen con las letras R, S, T, U, V, W, X, Y y Z cobrarán el 8 de este mes.

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Publicado: 1/4/2020