TC verá el jueves demanda de inconstitucionalidad de ley de arresto domiciliario

18:06 |

Lima, jul. 18 (ANDINA).- El Tribunal Constitucional (TC) recibirá este jueves 21 los alegatos sobre la acción de inconstitucionalidad presentada por congresistas contra la derogada ley sobre el arresto domiciliario, informó hoy su presidente, Javier Alva Orlandini.

   Lima, jul. 18 (ANDINA).- El Tribunal Constitucional (TC) recibirá este jueves 21 los alegatos sobre la acción de inconstitucionalidad presentada por congresistas contra la derogada ley sobre el arresto domiciliario, informó hoy su presidente, Javier Alva Orlandini.

   Comentó que, la audiencia pública respectiva se llevará a cabo en el auditorio de la Facultad de Derecho de la Universidad Inca Garcilazo de la Vega, a las 11:30 horas.

   Alva Orlandini indicó que, una semana después, el TC escuchará también los alegatos que puedan formular los abogados de posibles interesados.

   Explicó que, tras los alegatos, el TC tiene un plazo de 30 días para dictar su sentencia de acuerdo con la ley, aunque adelantó que, posiblemente, el plazo sea mucho más breve.

   Treinta y un congresistas de diversas bancadas presentaron la pasada semana una acción de inconstitucionalidad contra el propio Congreso por la aprobación y promulgación de la cuestionada Ley N° 28568, o de arresto domiciliario, que permitió la excarcelación de los hermanos Moisés y Alex Wolfenson.

   Alva Orlandini aseguró que el Tribunal Constitucional se encuentra analizando el tema y los efectos de la citada ley que posteriormente fue derogada por el Parlamento.

   “No puedo adelantar la actitud del TC… estamos en la etapa inicial de estudio del problema para determinar los efectos de la demanda y cuál es el resultado de la derogatoria de ley que aprobó el Congreso”, agregó.

   Según el legislador Heriberto Benítez, uno de los que apoyó la demanda, pese a la ley de arresto domiciliario ha sido derogada, sigue generando efectos favorables para los sentenciados, por lo que es necesario que el TC establezca su inconstitucionalidad.


   (FIN) FPQ/GCO


Publicado: 18/7/2005