El Ministerio de Cultura resaltó la aprobación de los lineamientos para la generación de servicios con pertinencia cultural a través de la incorporación de la variable étnica en las entidades públicas, que permitirá que casi 7 millones de ciudadanos indígenas y afroperuanos ejerzan su derecho a la autoidentificación étnica.
El
Decreto Supremo N° 010-2021-MC publicado hoy en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano permitirá, que las instituciones a escala nacional registren la
diversidad étnico-racial de la población usuaria de un servicio determinado conllevando a que dicha información permita, entre otros, a la formulación de mejores políticas e intervenciones estratégicas y con enfoque intercultural que respondan a las necesidades de la población indígena y el pueblo afroperuano, que representan a más del 25 % de la población nacional.
En el país, un total de 5 millones 984,708 ciudadanos se autoidentifican como parte de un pueblo indígena u originario mientras que 828,894 ciudadanos se autoidentifican como afroperuanos, según los Censos Nacionales 2017.
La viceministra de Interculturalidad, Angela Acevedo, remarcó que, con dicha normativa, el Estado impulsa la garantía de los derechos de la ciudadanía diversa en los servicios públicos.
“Somos un país con 55 pueblos indígenas, 51 amazónicos y 4 andinos, que hablan 48 lenguas indígenas u originarias junto a un pueblo afroperuano, considerado el segundo grupo étnico más grande del país", afirmó.
Agregó que la incorporación de la variable étnica en los servicios públicos constituye una pieza central en la construcción de un Estado que busca atender la diversidad étnico-cultural del país y garantizar el ejercicio pleno de derechos a todos los pueblos y grupos étnico-culturales de la nación.
El Ministerio de Cultura, como ente rector en materia de pueblos indígenas u originarios y de la población afroperuana, se encargará de difundir, brindar asistencia técnica, realizar seguimiento y monitoreo en la implementación de los lineamientos, mediante acciones de coordinaciones intersectoriales e intergubernamentales.
Asimismo, aseguró que se difundirán los resultados obtenidos con la implementación de los lineamientos mediante la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios (BDPI), fuente oficial del Estado peruano en cuanto a información sociodemográfica, cualitativa y geográfica de los pueblos indígenas u originarios identificados a la fecha a nivel nacional.
Mencionó que en las próximas semanas, el Ministerio de Cultura publicará una guía que permitirá la funcionalidad de la implementación de los lineamientos de la variable étnica.
Población indígena y afroperuanos
Existen 5,442 localidades de pueblos indígenas andinos y 3,545 localidades de pueblos amazónicos haciendo un total de 8,987 localidades a escala nacional.
Los ciudadanos afroperuanos viven en 1,227 distritos de todo el país, según los Censos Nacionales 2017.
La variable étnica se refiere a una serie de características que describen a una población y que permite distinguir a un grupo de personas de otro en función de su grupo étnico-cultural.
Esta se traduce en características tales como costumbres, tradiciones, fiestas, expresiones artísticas, actividades económicas, idioma u otros relacionados, de un conjunto de personas.
(FIN) NDP/JCB/MAO
JRA
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Publicado: 21/6/2021