Con la finalidad de mejorar la atención a los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (SPP), la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) prepublicó un proyecto normativo que simplifica y uniformiza la presentación de aquellos documentos derivados de causas judicializadas que permitan a los beneficiarios acceder al beneficio de pensión preliminar y posterior pensión definitiva de sobrevivencia.
El proyecto establece la ampliación de plazo (hasta un máximo de 72 meses posteriores a la presentación de la solicitud de pensión de sobrevivencia) para el otorgamiento de pensiones preliminares, en el marco de un trámite de pensión de sobrevivencia, cuando exista pronunciamiento judicial de concubinato pendiente, reconocimiento paterno pendiente o rectificación de nombres.
De esta manera, a los beneficiarios se les brindará la oportunidad para que puedan ser incluidos en el cálculo del aporte adicional, al extenderse el plazo para la presentación de la sentencia judicial que los acredite como tales en el trámite de pensión de sobrevivencia.
Cabe recordar que el artículo 95 del Título VII del Compendio de Normas Reglamentarias del SPP dispone, entre otros aspectos, la ampliación de plazo, de modo excepcional, para que los beneficiarios logren presentar el pronunciamiento judicial que los reconozca como tales y sean incluidos dentro del cálculo del aporte adicional en el marco un trámite de pensión de sobrevivencia.