El Poder Ejecutivo promulgó hoy la ley que establece el destino de cadáveres de internos que venían cumpliendo condena por delitos de traición a la Patria o de terrorismo en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas.
El dispositivo legal tiene el objetivo de incorporar el artículo 112-A a la Ley General de Salud (Ley 26842), a fin de permitir al fiscal competente disponer la cremación, previa necropsia, del sentenciado fallecido “en decisión motivada e inimpugnable” cuando la entrega del cuerpo, su traslado, sepelio o inhumación “ponga en riesgo la seguridad nacional o el orden interno”.
La autoridad sanitaria, en coordinación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio del Interior, ejecuta lo dispuesto en un plazo máximo de 24 horas, agrega la norma.
La cremación se lleva a cabo en presencia de un representante del Ministerio Público, para fines de identificación, quien levanta el acta correspondiente.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dispone la dispersión de los restos cremados en tiempo y lugar de naturaleza reservada. En su ejecución contará con el apoyo del Ministerio del Interior.
La norma fue refrendada por el presidente Pedro Castillo y el jefe del Gabinete Ministerial, Guido Bellido.
También lleva la firma de la titular del Congreso, María del Carmen Alva; y de la primera vicepresidenta de ese poder del Estado, Lady Camones.
(FIN) CVC
Publicado: 17/9/2021