El Ejecutivo aprobó el Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas al 2030, de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del Estado y los diferentes niveles de gobierno.
Dicha disposición fue establecida mediante el
Decreto Supremo 011-2021-JUS, publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial
El Peruano.
La norma recuerda que la violencia vivida en el Perú entre los años 1980 al 2000 dejó poco más de 21,000 personas desaparecidas, cuyas familias continúan buscándolas hasta hoy.
Refiere, en ese sentido, que si bien se ha avanzado, brindando respuestas a 2,692 familias sobre el paradero o destino final de las personas desparecidas; a la fecha es necesario fortalecer las acciones y realizar un trabajo articulado para resolver la magnitud del problema.
La conducción del plan estará a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que velará por su seguimiento y evaluación correspondientes.
Según el plan, las entidades del Estado que son responsables del cumplimiento de los objetivos prioritarios del plan brindarán información a dicho ministerio, a fin de evaluar su implementación.
Las entidades a cargo de la implementación y ejecución coordinarán con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el funcionamiento de los servicios identificados y otras intervenciones que contribuyan al cumplimiento de los objetivos.
La implementación se financiará con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Firman el decreto que aprueba el plan el presidente Francisco Sagasti; el ministro de Justicia, Eduardo Vega Luna; y el ministro de Salud, Óscar Ugarte.
(FIN) VVS/CVC
GRM
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Publicado: 13/7/2021