El Ministerio de la Producción (Produce) suspendió las actividades de extracción del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) realizadas por las embarcaciones arrastreras industriales, en el área comprendida entre los 05°50’S–06°10’S del dominio marítimo peruano.
La suspensión rige por un período de siete días calendario a partir de las 00:00 horas de mañana de acuerdo a la Resolución Ministerial 530-2018-Produce.
El Instituto del Mar del Perú (Imarpe) efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso Merluza, priorizando las acciones de monitoreo sobre la incidencia de ejemplares en tallas menores de 28 cm tanto en la flota arrastrera industrial, como la flota artesanal.
Imarpe informará y recomendará oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas de ordenamiento pesquero de manera oportuna.
El seguimiento, control y vigilancia de las embarcaciones se efectuará sobre la base de los reportes del Sistema de Seguimiento Satelital para embarcaciones pesqueras–(Sisesat).
Ello sin perjuicio de las labores que realicen los inspectores de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, y las Direcciones Regionales de la Producción competentes.
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(FIN) JJN/JJN
Publicado: 24/11/2018