Andina

Retirar la “malla de la discordia” ordena el municipio de Lima a la comuna de La Molina

17:55 |

Lima, may. 17 (ANDINA).- Por disposición de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la comuna de La Molina deberá retirar la malla metálica que instaló en su límite con el distrito de Ate, informó hoy el teniente alcalde de la capital, Marco Parra Sánchez.

   Lima, may. 17 (ANDINA).- Por disposición de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la comuna de La Molina deberá retirar la malla metálica que instaló en su límite con el distrito de Ate, informó hoy el teniente alcalde de la capital, Marco Parra Sánchez.

 

   La instalación de la llamada “malla de la discordia” es ilegal porque vulnera la Ordenanza Municipal 690 sobre uso de elementos de seguridad, explicó el funcionario.

 

   Parra señaló que la disposición edil ya fue comunicada a los alcaldes de La Molina y Ate.

 

   “Se espera que el municipio de La Molina cumpla, en el menor tiempo posible, con retirar la malla metálica de la calle Bucaramanga”, agregó.

 

   La Municipalidad de Lima evaluó el problema generado por la instalación de malla y convocó a los alcaldes de uno y otro distrito, pero al no lograr la conciliación tomó la decisión de ordenar el retiro de esta estructura, manifestó.

 

   Además, el teniente alcalde refirió que esa malla constituye un serio obstáculo para atender eventuales emergencias por sismos, incendios u otros desastres.

 

   Sostuvo que mantener la malla marcaría un precedente negativo para la ciudad de Lima, que necesita de orden y cumplimiento de las normas.

 

   La Ordenanza 690 señala que sólo las rejas batientes, plumas levadizas o casetas de vigilancia son los elementos de seguridad que, previa autorización municipal, pueden instalarse en las calles, recordó Parra.

 

   Si la comuna de La Molina no cumple con retirar la malla metálica, lo hará la Municipalidad de Lima, que impondrá las sanciones correspondientes por incumplimiento de una norma metropolitana, advirtió.

 

  (FIN) CAM/MAM


Publicado: 17/5/2005