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Elecciones 2022: segunda vuelta solo alcanza a elección de los gobernadores regionales

Especialista Jorge Jáuregui afirm que proclamados los resultados en 30 días se realiza nueva elección

La segunda vuelta electoral solo comprende para la elección de los gobernadores regionales que obtuvieron menos del 30 % de votos. ANDINA/Vidal Tarqui

La segunda vuelta electoral solo comprende para la elección de los gobernadores regionales que obtuvieron menos del 30 % de votos. ANDINA/Vidal Tarqui

15:42 | Lima, oct. 4.

La segunda vuelta o "balotage" en las elecciones regionales solo procede cuando ningún candidato alcanza el 30 % de los votos y en ese caso, van a la nueva contienda los candidatos con las dos votaciones más altas.

Así lo expresó Jorge Jáuregui, experto en temas electorales, quien dijo, además, que la segunda vuelta no alcanza a los consejeros regionales, quienes ya han sido elegidos en la primera votación, por tanto esa lista ya no se mueve.

Durante una entrevista al programa Andina al Día, el experto afirmó que basta que uno de los candidatos alcance el 30 % de los votos válidos para ser declarado como ganador o de lo contrario van a la segunda vuelta.


Agregó luego que, de acuerdo al proceso, una vez proclamado los resultados de la primera elección, se procede a la convocatoria de los nuevos comicios que se deben realizar en los próximos días siguientes.

Jáuregui explicó que la ley electoral señala claramente que, la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE), tiene que entregar los resultados finales (resueltas todas las actas cuestionadas si se diera el caso) para ser entregadas al Jurado Especial de Elecciones (JNE).


De inmediato, agregó, el JEE proclama los resultados y procede a la convocatoria de la segunda vuelta con los dos candidatos de mayor cantidad de votos.

Indicó luego que de acuerdo al diseño electoral peruano, en este caso también rige la franja electoral que es el espacio que financia el Estado peruano para que las organizaciones políticas puedan hacer su propaganda y exponer sus ideas.

Según el artículo N.° 5 de la Ley de Elecciones Regionales 27683, para ser elegido presidente del gobierno regional se requiere que la fórmula respectiva obtenga no menos del 30 % de los votos válidos.

Agrega que si ninguna fórmula supera dicho porcentaje, se procede a una segunda elección dentro de los 30 días calendario siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales, en todas las circunscripciones que así lo requieran.

Municipios

En el caso de los municipios dijo que es una elección totalmente distinta porque allí no existe la segunda vuelta y los alcaldes son elegidos con la votación que obtengan y no existe el 30 % mínimo que si existe en los comicios regionales.

Otro tema distinto es que el alcalde proclamado automáticamente tiene el 50 % del número de regidores más uno lo que le permite tener mayoría para poder realizar su gestión.

En ese aspecto comentó que como nunca antes en la reciente elección para el alcalde de la ciudad de Lima, ninguno de los candidatos ha obtenido el 30 %.

Recordó que en casos anteriores como en la elección de Jorge Muñoz ganò con 45 % y Luis Castañeda con el 50 %.
Finalmente al referirse a las revocatorias, dijo que la ley señala claramente que se tiene que plantear al segundo año de las gestión de las autoridades no antes.

(FIN) JCB/MAO
JRA

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Publicado: 4/10/2022