El sector estatal retomará sus actividades presenciales y la atención al público desde el 1 de julio y en horarios diferenciados, en función del decreto supremo que dispone una cuarentena focalizada para siete departamentos y un sector de la población.
La norma precisa que las entidades del sector público, de cualquier nivel de gobierno, desarrollan sus actividades de manera gradual, para lo cual adoptarán las medidas necesarias para el desarrollo de las mismas y la atención a la ciudadanía.
Deben salvaguardar las restricciones sanitarias y el distanciamiento social, priorizando en todo lo que sea posible el trabajo remoto e implementando el modo virtual de trámites, servicios u otros.
Horarios de ingreso
Los trabajadores del sector público, los funcionarios, servidores, así como como cualquier persona que tenga vínculo laboral, contractual o relación de cualquier naturaleza cumplirán su labor presencial en horarios diferenciados, en función de la atención al público.
El horario de entrada para las personas que no brindan atención presencial a la ciudadanía será de 07:00 hasta las 16:00 horas; mientras que para las personas que brindan atención presencial a la ciudadanía será de 10:00 a las 19:00 horas.
Están excluidas de estos horarios aquellas actividades indispensables, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la actividad ordinaria de la entidad o empresa. Esas labores serán determinadas por el titular de la entidad o quien este delegue.
Programación de citas
La norma dispone además que las entidades públicas pueden establecer mecanismos de programación de citas de atención al público a través de medios digitales, a fin de optimizar su programación.
Las entidades del sector público, dentro de su capacidad y límites presupuestales autorizados, deberán continuar garantizando la cadena de pagos, a los proveedores de bienes y servicios que hayan contratado, de acuerdo a la norma.
(FIN) FHG
GRM
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Publicado: 27/6/2020