Los operadores de las unidades de transporte público, en donde los conductores o cobradores presten protectores faciales a los pasajeros, recibirán una sanción de 220 soles, equivalente al 5% de 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT), advirtió la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) para Lima y Callao.
La entidad recordó a los operadores y usuarios que esta conducta constituye
una práctica “altamente peligrosa” y que puede ocasionar el
contagio de covid-19 y de otras enfermedades.
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“El protector facial, al igual que la mascarilla, es de uso personal y por ningún motivo debe ser prestada a otras personas”, recalca la ATU.
Además de levantar el acta de fiscalización e iniciar un procedimiento administrativo sancionador, la ATU comunicará dichos casos al Ministerio Público para que evalúe la posible comisión de los delitos de violación de las medidas sanitarias o de producción de peligro en el servicio público de transporte de pasajeros, delitos que podrían ser condenados hasta con 3 años de cárcel.
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La entidad precisó que ningún usuario puede abordar una unidad del transporte convencional, Metropolitano, Línea 1 del Metro de Lima y Callao o de los Corredores Complementarios sin portar un
protector facial y mascarilla.
Recordó que la ATU ha entregado gratuitamente más de 2,5 millones de caretas faciales a usuarios de transporte público, en los principales paraderos y estaciones de Lima y Callao.
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Publicado: 21/7/2021