Los Lineamientos sobre resarcimiento de daños causados a consumidores como consecuencia de conductas anticompetitivas, publicados por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), buscan no solo resarcir a aquellos consumidores que se hayan visto afectado, sino que pretenden desincentivar las malas prácticas, afirmó el líder de Competencia y Mercados de EY Law, Mario Zúñiga.
“Con estos lineamientos se hace más viable y se pone en uso práctico una facultad que ya tenía el Indecopi hace algunos años, pues en aquellos casos en los que una conducta anticompetitiva haya afectado a los consumidores, el Indecopi podrá demandar esta situación ante el Poder Judicial y se establecerá una indemnización a favor de los consumidores afectados”, comentó en el programa Económika de Andina Canal Online.
Comentó que la Política de Libre Competencia busca proteger el proceso competitivo porque eso, entendido desde la Constitución peruana, es la forma en la que los consumidores podrán acceder a mejores bienes y mejores precios. “Obviamente, los mercados no funcionan perfectamente, pero es la mejor opción en general”, aseveró.
En ese contexto, el especialista sostuvo que la legislación de libre competencia busca dos cosas. “La primera es evitar que la empresa abuse de su posición de dominio cuando unilateralmente restringe una oferta y, en segundo lugar, busca evitar que dos o más empresas establezcan un acuerdo anticompetitivo, es decir, suban precios de manera concertada y así afectar al consumidor.”
Indemnización
El líder de Competencia y Mercados de EY Law aseguró que un acuerdo anticompetitivo es la falta más grave tipificada en la legislación de Libre Competencia y es fuertemente sancionada por el Indecopi.
“Obviamente, comprende una multa cuya recaudación va al tesoro público. Sin embargo, con estos lineamientos se tiene la posibilidad de que, además de la multa, pueda haber una indemnización a favor de los consumidores”, precisó Zúñiga.
Precisó que un acuerdo anticompetitivo puede afectar a miles, cientos de miles e inclusive millones de consumidores. “Es posible que cada uno de esos consumidores se vea afectado mínimamente, es decir, por céntimos e inclusive algunos soles, lo que motiva al consumidor a no perder tiempo y dedicación en demandar la falta”, refirió.
Agregó que esta situación puede llevar a la empresa a pensar de que no hay problema, pues el consumidor no demanda o no quiere demandar.
“En este caso, la indemnización busca dos cosas: la primera es resarcir al consumidor y, en segundo lugar, desincentivar ese tipo de conductas. Si solamente se le cobra la multa a la empresa coludida, puede creer que las prácticas anticompetitivas todavía son rentables”, dijo.
Por ello, sostuvo, es importante que haya, como desincentivo adicional, esa compensación.
“Es muy difícil que los consumidores afectados en conjunto se pongan de acuerdo para hacer la demanda ante el poder judicial. Hacer muchas demandas no tendría ningún sentido. Por eso, el Indecopi, para reducir ese costo de transacción al hacer una demanda, tiene la facultad de tomar esa posición”, aseveró.
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JRA