Osiptel propone norma para presentar reclamos vía correo electrónico

ANDINA/Melina Mejía
En el marco del Estado de Emergencia por la covid-19 y la reanudación de las actividades económicas en el país, Osiptel publicó, para comentarios, un proyecto de norma que establece medidas temporales aplicables al procedimiento de reclamos de los servicios públicos de telecomunicaciones.
Publicado: 10/7/2020
Ello a fin de disminuir el riesgo de contagios por aglomeraciones en los centros de atención de las empresas operadoras.
De acuerdo con la Resolución N° 075-2020-CD/Osiptel, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, la propuesta del regulador, que tendría vigencia hasta el 31 de diciembre de este año, prioriza el uso de los medios digitales y permite que los recursos de apelación y queja se presenten vía correo electrónico.
Los recursos deberán contener los nombres y apellidos del usuario, documento de identidad, número de servicio o contrato del abonado, código de reclamo, número de resolución contra la que dirige su apelación o la transgresión materia de la queja.
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Para este efecto, las empresas operadoras deberán habilitar y difundir la dirección de un correo electrónico y, una vez recibida la apelación o queja, generar una constancia de recepción automática que acredite la presentación del documento.
La notificación por correo electrónico requiere la autorización expresa del usuario, quien, a su vez, puede elegir la notificación personal tal cual lo establece el artículo 36 del Reglamento de Reclamos.
Las empresas operadoras con más de 500,000 abonados deberán elevar los expedientes de los recursos de apelación o quejas al Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (Trasu) del Osiptel en formato digital, adjuntando una carta de elevación firmada digitalmente.
Los ciudadanos interesados en hacer aportes a la norma, pueden presentar sus comentarios dentro de los 15 días calendario contados a partir de mañana.
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— Agencia Andina (@Agencia_Andina) July 10, 2020
(FIN) VLA/JJN
Publicado: 10/7/2020
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