Andina

Amplían hasta el 31 de diciembre emergencia sanitaria por amenaza de dengue en 6 regiones

Medida dispuesta por el Ministerio de Salud regirá a partir del 16 de noviembre

El Ministerio de Salud (Minsa) prorrogó, hasta el 31 de diciembre de 2017, la emergencia sanitaria en las regiones Áncash, Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad e Ica, en vista que persiste el riesgo de brotes y epidemias de dengue y otras enfermedades transmitidas por el zancudo Aedes aegypti.

10:43 | Lima, nov. 10.

El Ministerio de Salud (Minsa) prorrogó, hasta el 31 de diciembre de 2017, la emergencia sanitaria en las regiones Áncash, Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad e Ica, en vista que persiste el riesgo de brotes y epidemias de dengue y otras enfermedades transmitidas por el zancudo Aedes aegypti.

Mediante un Decreto Supremo publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, esta medida regirá desde el próximo jueves 16 de noviembre.

En los considerandos de la norma se da cuenta del Informe Técnico IT-CDC N° 085-2017 “Situación epidemiológica actual de dengue y otras arbovirosis en departamentos de Piura, La Libertad, Tumbes, Lambayeque, Áncash e Ica”, elaborado por el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Minsa, a través de la Nota Informativa N° 410-2017-CDC/MINSA. 


Según dicho informe, en lo que va del año la región Piura ha notificado el mayor número de casos de dengue a nivel nacional (48,452 casos), donde el 13,65% (6,616) fueron con signos de alarma y el 0,32% (154) presentaron la forma grave, notificándose 53 defunciones, de ellas se confirmaron 42 y otras 11 se encuentran en investigación.


“Se puede observar en los distritos de la costa norte e Ica, la trasmisión de casos de dengue y otras arbovirosis aún persiste, esto aunado a la presencia de determinantes como clima, escasez de agua y elevados índices aédicos incrementa el riesgo de presencia de brotes y/o epidemias. Hasta la semana 43, las regiones de Piura y Tumbes presentan transmisión de tres arbovirosis como son dengue, zika y chikunguña, lo que dificulta la identificación de casos y por ende la atención oportuna de los mismos.

Por todo ello, el Minsa recomienda que “dada la actual situación epidemiológica de las regiones de Piura, Tumbes, La Libertad, Lambayeque, Áncash e Ica con actual transmisión de dengue y otras arbovirosis se hace necesario la implementación de medidas de prevención y control integrada a fin de prevenir brotes epidémicos que afecten la salud de la población (…)”.


Asimismo, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud ha concluido que “Las actividades de vigilancia entomológica se han realizado entre los meses de setiembre a noviembre, pero se mantienen los indicadores de alto riesgo vectorial”.

En tal sentido, subraya que con respecto al control larvario, prevalece un alto porcentaje de viviendas cerradas, renuentes y deshabitadas en alrededor del 40% al 45%, lo cual general situaciones de riesgo vectorial.


En vista de esta situación resulta necesario implementar acciones inmediatas que permitan continuar con la prestación de servicios de salud, en concordancia con la declaratoria de emergencia sanitaria aprobada por el Decreto Supremo N° 025-2017-SA.

La norma publicada hoy establece que corresponde al Ministerio de Salud, así como a la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Áncash realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el Plan de Acción-Declaratoria de Emergencia Sanitaria por casos de dengue, zika y chikunguña en los departamentos mencionados, en el marco de lo dispuesto por el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156, que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2014-SA.


Las contrataciones y adquisiciones que se realicen al amparo del presente Decreto Supremo y del Decreto Supremo N° 025-2017-SA deberán destinarse exclusivamente para los fines que establecen dichas normas, bajo responsabilidad.

Los saldos de los recursos resultantes de la contratación de los bienes y servicios establecidos podrán ser utilizados dentro del plazo de la prórroga de la declaratoria de emergencia para contratar bienes y servicios del mismo listado, siempre y cuando no se hayan podido completar las cantidades requeridas.


La implementación de lo establecido en el presente Decreto Supremo no demanda recursos adicionales al Tesoro Público.

Concluida la prórroga otorgada en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, las autoridades responsables de la ejecución del Plan de Acción deberán informar respecto de las actividades y recursos ejecutados, así como sobre los resultados alcanzados, en el marco de lo dispuesto por los artículos 24 y siguientes del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156.

El Decreto Supremo lleva la firma del primer vicepresidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo, encargado del despacho de la Presidencia de la República; y está refrendado por el ministro de Salud, Fernando D’Alessio Ipinza.

(FIN) LZD/MAO

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Publicado: 10/11/2017