Por su parte, el artículo 30 del Reglamento de dicha norma señala que para garantizar el derecho de las poblaciones con lenguas originarias a una educación bilingüe acorde con su cultura y lengua, se debe, entre otros, respetar y promover las lenguas y dialectos ágrafos reconocidos y difundir su dominio oral y escrito.
Para ello se oficializarán las reglas de escritura uniforme, en concordancia con la Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú.
La comunidad kapanawa constituye un grupo étnico de la amazonía que habita las riberas de los ríos Tapiche y Buncuya, en la región Loreto. Ésta etnia se autodenomina Nuquencaibo y hablan la lengua kapanawa, que forma parte de la familia lingüística pano.
(FIN) LZD/LZD