Andina

Minsa: toda muerte sospechosa de covid-19 será manejada como caso confirmado

Para la cremación o entierro de víctimas, los trámites se regularizarán al culminar el estado de emergencia

EFE

16:44 | Lima, abr. 6.

* Andina, información oficial sobre el coronavirus

Toda muerte sospechosa de covid-19 deberá ser manejada como un caso confirmado de esta enfermedad y, en consecuencia, se procederá con el cadáver de acuerdo con las normas sanitarias aprobadas para prevenir y controlar la diseminación del coronavirus.

Así lo precisa la Resolución Ministerial N° 171-2020/MINSA, publicada el sábado 4 de abril, la cual modifica la Directiva Sanitaria N° 087-2020-DIGESA/MINSA para el manejo de cadáveres por covid-19.

La resolución modificatoria precisa también la manera en que se procederá si, durante la vigencia de la emergencia sanitaria, se hallara algún cadáver en la vía pública, en un domicilio o en cualquier otro lugar distinto a un establecimiento de salud.

En esos casos, la autoridad policial se encarga de asegurar el perímetro del lugar donde se ubica el cadáver y, de inmediato, pone en conocimiento del hecho al representante del Ministerio Público y a la autoridad sanitaria de la jurisdicción (Diris, Diresa o Geresa), para que éstas determinen a quién corresponde intervenir en el caso en concreto.

“Cuando se haya determinado que en la causa de muerte no existen indicios de criminalidad, y aun cuando no exista manera objetiva de determinar que el deceso es consecuencia directa de covid-19, la autoridad de salud, en todos los casos, debe tratar el cadáver como un caso consecuencia de covid-19”, precisa la norma.

Recojo y traslado

La resolución detalla también que el recojo y traslado de cadáveres desde un lugar distinto a un establecimiento de salud es responsabilidad de la autoridad sanitaria de la jurisdicción. “En caso sea superada su capacidad operativa, será realizado con apoyo de la Policía Nacional del Perú, y ante la imposibilidad de esta última, podrán realizar dicho apoyo las Fuerzas Armadas”.

Para proteger a quienes se encargarán de esta tarea, la autoridad sanitaria proporcionará los equipos de protección, así como los materiales e insumos necesarios para la desinfección del personal, material y vehículos.

Los familiares directos que podrán asistir a los servicios funerarios de cadáveres con covid-19 o casos sospechosos de esta enfermedad “no excederán de dos en la cremación y cinco para la inhumación”.

Regularización de trámites

La norma precisa, asimismo, que para la cremación e inhumación de cadáveres diagnosticados con covid-19 o de casos sospechosos, los trámites administrativos ante la autoridad sanitaria “se regularizarán al culminar el estado de emergencia sanitaria”.

Para el caso de personas en condición de indigencia que haya fallecido por covid-19, o casos sospechosos y no cuenten con un seguro de salud, el financiamiento para su cremación o inhumación será asumido por el Seguro Integral de Salud (SIS), explica la resolución, publicada en el diario oficial El Peruano.


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(FIN) CCH

Publicado: 6/4/2020