El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos publicó hoy un decreto supremo que establece, de manera excepcional y temporal, los supuestos especiales para la evaluación y propuesta de gracias presidenciales, como una medida frente a la emergencia sanitaria por el coronavirus.
Con la norma, se busca prevenir el riesgo de contagio de enfermedades y evitar la propagación de Covid-19, debido a las actuales condiciones de salud y hacinamiento en los establecimientos penitenciarios.
En ese sentido, se incorpora supuestos especiales a fin de que la Comisión de Gracias Presidenciales evalúe y proponga el otorgamiento de indultos comunes y por razones humanitarias, así como conmutaciones de penas, que no impliquen perjuicios sociales.
En estos supuestos se recomendará la concesión de la gracia presidencial
1. Indulto común y conmutación de penas
Se recomendará este beneficio para los internos en los siguientes casos:
- Que sea madre y permanezca con su niño o niña en el establecimiento penitenciario.
- Que se encuentre en estado de gestación.
-Que su condena, efectiva o redimida, se cumpla en los próximos seis meses.
- Que se le haya impuesto una pena efectiva no mayor a cuatro años.
-Que sea mayor de 60 años de edad.
En todos estos estos casos, los internos e internas deben cumplir, de manera concurrente, con tener la condición de primario y no registrar condenas por otros delitos y/o no registrar medida de detención a nivel nacional, así como no contar con prohibición legal expresa.
2. Indulto por razones humanitarias
-A los internos que padecen una enfermedad crónica, en etapa avanzada, que aumente el riesgo de infección por covid-19 y el desarrollo de complicaciones, conforme a lo señalado por el Ministerio de Salud.
-A los que padecen de otras enfermedades crónicas que, teniendo en cuenta las condiciones penitenciarias, se consideren vulnerables al contagio de covid-19.
3. Impedimentos recibir una gracia presidencial
No procede la recomendación de gracia presidencial para los internos sentenciados por los siguientes delitos:
-Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, contra la Familia, la Libertad.
-Delitos Contra el Patrimonio
- Delitos Contra la Seguridad Pública
- Delitos contra la Tranquilidad Pública
- Delitos contra la Humanidad
- Delitos contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional
-Delitos contra la Administración Pública
- Terrorismo y financiamiento al terrorismo
- Lavado de activos
- Delitos cometidos por violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar
4. Procedimientos para la gracia presidencial
Tanto para el indulto por razones humanitarias como para el indulto común y conmutación de penas, el INPE remitirá a la Secretaría Técnica de la Comisión de Gracias Presidenciales el expediente, el certificado de antecedentes judiciales, la declaración jurada del interno indicando su domicilio habitual, copia de la historia clínica e informe médico, según sea el caso.
La Secretaría Técnica, a su vez, recibirá del Poder Judicial copia simple de la sentencia, con la constancia de haber quedado consentida o ejecutoriada; informe de antecedentes penales y certificado de no tener proceso pendiente con mandato de detención a nivel nacional, e incluso podrá entrevistar al internos, a su familia, a los profesionales de salud y de asistencia social del penal.
(FIN) FHG/CVC
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Publicado: 23/4/2020