La reposición de los profesores interinos que fueron retirados del servicio educativo por no contar con título pedagógico contravendría la meritocracia que impulsa la Ley de Reforma Magisterial y vulneraría el Estado de Derecho al modificar la normatividad vigente para beneficiar a un pequeño grupo de docentes.
Así lo señaló el ministro de Educación, Daniel Alfaro, al referirse al proyecto de ley presentado por algunos congresistas, que será debatido mañana en la Comisión de Educación del Congreso.
Dicho proyecto promueve el ingreso a la Carrera Pública Magisterial de los docentes nombrados interinamente durante la vigencia de la Ley N° 24029 y que fueron cesados el año 2014 por no tener título pedagógico, pese a que tuvieron tres décadas (desde 1984) para obtenerlo.
De aprobarse permitiría el reingreso de profesores cuya labor no está acreditada pues no han sido evaluados, lo que atentaría contra la calidad educativa.
Alfaro afirmó que dicho proyecto de ley desconoce la institucionalidad de entidades autónomas como el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional, que en última instancia han ratificado la legalidad de las evaluaciones excepcionales dispuestas por el Ministerio de Educación (Minedu) y la constitucionalidad de la Ley de Reforma Magisterial.
El titular de Educación explicó que las plazas de esos docentes interinos que fueron retirados del servicio ya se encuentran ocupadas por profesores recientemente nombrados o reasignados (docentes de la Carrera Pública magisterial) y que la aprobación de ese proyecto de ley afectaría a 8,596 profesores que están ocupando estos puestos.
Alfaro recordó que la figura de profesores interinos sin título pedagógico se estableció en 1984 con la Ley del Profesorado, que permitió a personas sin título pedagógico ejercer la docencia en colegios públicos de lugares remotos del país que no contaban con profesionales en educación.
A lo largo de casi tres décadas, los profesores interinos tuvieron plazos para incorporarse a la Carrera Pública magisterial mediante la obtención de su título pedagógico para presentarlo ante la DRE o la UGEL de su jurisdicción, pero no lo hicieron, anotó.
Refirió que el año 2007 entró en vigencia la Ley de la Carrera Pública Magisterial, que establece que el ingreso a la carrera solo se realiza a través de concurso público.
Además, La Ley de Reforma Magisterial, vigente desde 2012, fijó un plazo de dos años, que concluyó el 26 de diciembre de 2014, para la obtención del título pedagógico a fin de que, previa evaluación, los docentes ingresen a la primera escala magisterial, en caso contrario, serían retirados del servicio público.
El ministro agregó que en ese marco, en noviembre de 2014 el Minedu convocó a una Evaluación Excepcional de Docentes Nombrados Sin Título Pedagógico con el fin de dar una oportunidad a 14,863 interinos a nivel nacional.
En esa ocasión, 5,315 profesores con nombramiento interino se inscribieron para la evaluación, de los cuales 546 ingresaron a la Carrera Pública Magisterial y 4,767 no aprobaron o no cumplieron los requisitos y fueron retirados.
En total, 14,315 profesores interinos fueron retirados de la carrera. Además, el 17.39% de ellos tienen más de 65 años y no podrían retornar al magisterio por límite de edad.
Alfaro planteó como alternativa que los profesores interinos con título pedagógico pueden presentarse a los concursos públicos de nombramiento para el ingreso de la Carrera Pública Magisterial en el marco de la Ley de Reforma Magisterial.
"Además, con la modificación de la Ley de Reforma Magisterial, que señala que los concursos de nombramiento se realizarán de manera anual hasta el año 2022, los profesores interinos tienen la posibilidad de presentarse a los concursos públicos durante los próximos cuatro años", dijo concluyendo.
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(FIN) NDP/ART
Publicado: 18/11/2018