Andina

OEFA aclara que no ha impuesto multa ni sanción alguna a municipio provincial de Puno

Tras supervisar relleno sanitario, planta de tratamiento de residuos sólidos y la que separa residuos inorgánicos

El OEFA aclaró hoy que si bien ha iniciado un Proceso Administrativo Sancionador (PAS) a la Municipalidad Provincial de Puno tras la supervisión del relleno sanitario, la planta de tratamiento de residuos sólidos y planta de separación de residuos inorgánicos reciclables, a la fecha no se ha impuesto multa ni sanción alguna a dicha comuna. ANDINA/Difusión

El OEFA aclaró hoy que si bien ha iniciado un Proceso Administrativo Sancionador (PAS) a la Municipalidad Provincial de Puno tras la supervisión del relleno sanitario, la planta de tratamiento de residuos sólidos y planta de separación de residuos inorgánicos reciclables, a la fecha no se ha impuesto multa ni sanción alguna a dicha comuna. ANDINA/Difusión

14:46 | Lima, oct. 22.

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) aclaró hoy que si bien ha iniciado un Proceso Administrativo Sancionador (PAS) a la Municipalidad Provincial de Puno tras la supervisión del relleno sanitario, la planta de tratamiento de residuos sólidos y planta de separación de residuos inorgánicos reciclables, a la fecha no se ha impuesto multa ni sanción alguna a dicha comuna.

En un comunicado difundido hoy, la OEFA dio a conocer lo siguiente:

1. Como resultado de las acciones de supervisión en el “Relleno sanitario, planta de tratamiento de residuos sólidos y planta de separación de residuos inorgánicos reciclables para el distrito, provincia y departamento de Puno”, el OEFA ha iniciado un Proceso Administrativo Sancionador (PAS) a la Municipalidad Provincial de Puno como titular de dicha infraestructura de residuos sólidos. 

2. Es importante precisar que este procedimiento se encuentra en trámite en vía administrativa y a la fecha no se ha impuesto sanción alguna. Como corresponde, se ha notificado el inicio del procedimiento administrativo sancionador al titular de la infraestructura y se le ha señalado el tope máximo de las sanciones que se pueden imponer por cada presunto incumplimiento. 

3. En caso se determine la responsabilidad administrativa y se imponga la respectiva sanción pecuniaria, el administrado puede interponer recurso impugnativo -reconsideración o apelación-, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contado a partir del día siguiente de su notificación. Por lo cual, la sanción se haría efectiva una vez que la Resolución Directoral que la impone quede consentida o haya sido confirmada en el recurso impugnativo correspondiente.

4. El OEFA continuará realizando las acciones de supervisión que resulten necesarias para garantizar la disposición segura de los residuos sólidos en la ciudad de Puno y el cumplimiento de las obligaciones ambientales de los titulares de infraestructuras de residuos sólidos a nivel nacional.

(FIN) NDP/LZD

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Publicado: 22/10/2022