El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó dos créditos suplementarios por 681 millones 595,146 soles a favor de diversos gobiernos regionales y locales para financiar la ejecución de 250 proyectos de inversión en saneamiento urbano y rural en el país.
Mediante Decreto Supremo 149-2018 del
MEF se otorgó un crédito suplementario en el presupuesto público del 2018 por 613 millones 359,674 soles.
Los recursos se otorgan a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), de tres gobiernos regionales y 173 gobiernos locales con cargo a los recursos del “
Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento”.
Estos recursos permitirán financiar la ejecución de 40 proyectos de inversión de saneamiento urbano y 181 proyectos de inversión de saneamiento rural, según la normativa.
De los más de 613 millones de soles, 22 millones 166,381 soles se otorgan a favor del
MVCS para el financiamiento de cinco proyectos de inversión pública de saneamiento urbano (de los 40 proyectos previstos en total) que se ejecutarán vía las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS).
En tanto, a través del Decreto Supremo 150-2018 del MEF se otorgó un crédito suplementario en el presupuesto público del 2018 por 68 millones 235,472 soles a favor del MVCS, del gobierno regional de Madre de Dios y 25 gobiernos locales con cargo igualmente a los recursos del “Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y
saneamiento”.
Los recursos también permitirán financiar la realización de 11 proyectos de inversión de saneamiento urbano y 18 proyectos de inversión de saneamiento rural.
De los más de 68 millones de soles, 4 millones 550,243 soles se destinarán al MVCS para el financiamiento de dos proyectos de inversión pública de saneamiento urbano (de los 11 proyectos previstos en total) que se ejecutarán vía las EPS.
Adecuaciones
En los dos casos el titular de la entidad beneficiada aprobará mediante resolución la desagregación de los recursos autorizados dentro de los cinco días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.
La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la norma.
Los recursos de los créditos suplementarios no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Más en Andina:
(FIN) MMG/JJN
Publicado: 29/6/2018