Lima, ene. 11 (ANDINA).- Se oficializó hoy la ley que permitirá el uso de hasta 80% del total de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a la adquisición, construcción, mejoramiento de vivienda o adquisición de terreno en programas promovidos por el Estado.
Lima, ene. 11 (ANDINA).- Se oficializó hoy la ley que permitirá el uso de hasta 80% del total de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a la adquisición, construcción, mejoramiento de vivienda o adquisición de terreno en programas promovidos por el Estado.
El programa será elegido por cada trabajador en el marco de los programas Techo Propio, Mivivienda y cualquier otro promovido por el ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Lo señalado respeta casos de embargo o retención de CTS decretados por el Poder Judicial o contenidos en Acuerdos Conciliatorios Extrajudiciales destinados a atender obligaciones de naturaleza alimentaria, dentro de los montos o porcentajes establecidos.
La ley mencionada, Nº 28461, señala que el reglamento respectivo será aprobado por Decreto Supremo en un plazo máximo de 60 días, y que en su aplicación se promoverá el uso de bienes o insumos nacionales.
(FIN) ACS/JBR
Publicado: 11/1/2005