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Impuesto a cigarrillos se alinea con política de países desarrollados

ISC subió de 0.07 a 0.18 soles por cigarrillo

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18:22 | Lima, may. 5.

Por Christian Ninahuanca

El aumento del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a los cigarrillos, de 0.07 soles a 0.18 soles por unidad, dispuesto hoy por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), está en línea con las alzas que se hacen a los bienes suntuosos en los países desarrollados, dijo el abogado tributarista Álvaro Bocanegra.

Indicó que de esta manera el ISC ahora representará menos de 60% del precio de los cigarrillos, un nivel similar al de en Europa, Estados Unidos y otros países de América Latina, aunque en Chile llega a 70%.

“En el tema de la imposición fiscal en el mundo, en los últimos 30 años ya no solo se grava bienes o servicios que vislumbren capacidad contributiva, sino que también se centra dentro de un sistema de imposiciones extra fiscales”, sostuvo Bocanegra a la Agencia Andina.

Explicó que el ISC de bienes suntuosos está dentro de las imposiciones extra fiscales porque no tienen como objetivo central quitarle dinero al contribuyente, sino que buscan desincentivar el consumo de productos nocivos, como el cigarrillo, la cerveza y la comida chatarra.

El especialista mencionó que esas ideas se han importado de Europa, donde el sistema previsional es distinto, pues todos van a un organismo estatal, por lo que se grava la comida chatarra, los cigarrillos y las bebidas alcohólicas, para que no haya más carga social para el Estado en el futuro.

Cabe indicar que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) señala que esta alza del ISC tiene por objetivo reducir el consumo de cigarrillos en el mediano plazo y la prevalencia en la población más joven.

Además se quiere adecuar la legislación del ISC cigarrillos al cumplimiento del Convenio Marco para el Control del Tabaco, dado que según el Banco Mundial y la Organización Mundial de la Salud (OMS) esta es la medida apropiada para disminuir la demanda y el consumo de tabaco.

Bocanegra indicó que la legislación actual da las facultades al MEF para variar las tasas del ISC mediante decreto supremo, por lo que no habría ningún problema de discriminación que pueda objetarse.

“No se está gravando a un producto y a otro no, se está subiendo la tasa de un mismo producto, por lo tanto un tema de discriminación no cabría”, afirmó.

El tributarista agregó que en este caso se está siguiendo los lineamientos legales y técnicos, pues según el artículo 61 de la Ley del Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV), se pueden modificar las tasas y los montos fijos del ISC para los cigarrillos.

(FIN) CNA/JJN

Publicado: 5/5/2016