La Autoridad para la Reconstrucción con Cambios tiene como objetivo atender a las familias damnificadas por El Niño costero y para ello elaboró un plan integral que contribuirá a que recuperen su bienestar y reconstruir sus vidas luego de sufrir los embates de la naturaleza provocados por este evento climático.
La zona de impacto de El Niño costero se extendió por más de la mitad de la costa del Perú, abarcando los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Áncash, Lima e Ica, y ocasionó también movimientos de masas (huaicos, derrumbes y deslizamientos) de gran intensidad en los departamentos de Cajamarca, Ayacucho, Arequipa, Huancavelica, Junín y Loreto. Al ser usuales las lluvias en estas últimas seis regiones, no causaron los daños extremos que sí se registraron en la zona costera.
Con la emisión de la
Ley N° 30556 se establece la
Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, cuyo objetivo principal es liderar el diseño, ejecución y supervisión de un
plan integral para la rehabilitación,
reposición, reconstrucción y construcción de la infraestructura de uso público comprometida como consecuencia de El Niño costero.
El plan integral identifica las obras e iniciativas que serán implementadas, indicando además la instancia responsable de su ejecución y aquella encargada de recibir las obras para su mantenimiento y operación, así como la modalidad de inversión que será utilizada para su ejecución (incluyendo el mecanismo de Obras por Impuestos). Una vez formulado, el plan será remitido en consulta a las autoridades locales y regionales, luego de lo cual la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios procederá a enviarlo al Consejo de Ministros para su aprobación.
La inclusión del principio de subsidiariedad en la asignación de responsabilidades para la ejecución es uno de los elementos centrales del plan. Así, será el nivel de gobierno más cercano al ciudadano el encargado de ejecutar las obras de reconstrucción. Cuando éste nivel no tenga capacidad probada para ejecutarla, la iniciativa quedará a cargo de la instancia superior de gobierno, bien sea el gobierno regional o el sector correspondiente del gobierno central.
Excepcionalmente, la
Autoridad para la Reconstrucción con Cambios podrá ejecutar las obras a través de terceros. Nuevamente, el criterio fundamental es que los proyectos se ejecuten de manera oportuna, eficaz y transparente para restituir, cuanto antes, el bienestar perdido a la ciudadanía.
Igualmente, el plan incorpora mecanismos adicionales para salvaguardar la transparencia y evitar la corrupción en los procesos. Para ello, la norma establece la disponibilidad y actualización periódica de información sobre los avances en la ejecución física y financiera de las obras a través de un portal institucional. Más importante, se contempla la fiscalización concurrente por parte de la
Contraloría General de la República.
De esta forma, los funcionarios a cargo de llevar a cabo los distintos concursos y adjudicaciones trabajarán junto con los representantes de la Contraloría, quienes se pronunciarán sobre la idoneidad de cada una de las fases y etapas de manera simultánea con la ejecución. Además, esta entidad mantiene la facultad de realizar auditorías posteriores.
¿Qué sucederá con el plan?
Los alcaldes distritales, provinciales y gobiernos regionales contribuirán a enriquecer la información para ser aprobada por el Consejo de Ministros y continuar la reconstrucción con cambios.
La norma que le da origen a la
Autoridad para la Reconstrucción con Cambios incluye importantes medidas para asegurar la agilidad en la ejecución del plan, al instituir un régimen simplificado de contratación y asegurar plazos expeditivos en la obtención de los permisos y autorizaciones.
De igual modo, la norma estipula la automaticidad de las habilitaciones urbanas, a sola firma de un profesional. Las entidades públicas también están obligadas a poner a disposición de la reconstrucción con cambios los terrenos o predios que esta requiera para la ejecución del plan. Estas medidas resultan especialmente relevantes si consideramos que una parte importante del esfuerzo de la reconstrucción pasa por la reubicación y construcción de viviendas en nuevos espacios geográficos más seguros.
Infracciones y sanciones
El
marco normativo aprobado por el Congreso también viabiliza la tipificación de infracciones y sanciones a aquellas autoridades que permitan, regularicen o fomenten el asentamiento de personas en zonas de alto y muy alto riesgo no mitigable.
El ejercicio del derecho de posesión sobre estas áreas se declara ilegal, y las zonas son clasificadas como intangibles, pasando a control del gobierno regional (antes estaban a cargo de los locales). De esta manera, se espera frenar la ocupación y el asentamiento en torrenteras, quebradas y en aquellas zonas más vulnerables donde el riesgo no podrá ser mitigado poniendo en grave riesgo a las poblaciones que se asienten en las mismas.
Gestión del riesgo
Finalmente, a través del plan, la autoridad quiere impulsar la adopción de los enfoques de desarrollo urbano sostenible y saludable, y de gestión del riesgo frente al cambio climático. La reconstrucción debe fortalecer la resiliencia de nuestras comunidades y posibilitar la mitigación y rápida adecuación y respuesta frente a la amenaza de nuevos desastres futuros.
Desde esa perspectiva, la reconstrucción plantea la oportunidad de reforzar la capacidad gestión del riesgo del país y prepararnos para enfrentar el próximo evento climatológico extremo. La inversión en prevención apenas representa el 10% de lo que demanda la reconstrucción posterior a un desastre.
De allí la enorme importancia de adoptar mecanismos de gestión, prevención y mitigación del riesgo, algo que no ha ocurrido de manera efectiva en el pasado. Debido a su cada vez más frecuente recurrencia, los fenómenos climatológicos extremos han dejado de ser eventos excepcionales, algo que con seguridad se exacerbará en el futuro debido al calentamiento global.
La reconstrucción con cambios es una oportunidad para adoptar las medidas que nos permitan fortalecer al país y sentar las bases para una sociedad mucho mejor preparada para enfrentar futuros desastres.
El plazo para las consultas al Plan de Reconstrucción con Cambios vence el 4 de setiembre al correo arc.comentarios@pcm.gob.pe
(FIN) LZD/MAO
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