Condicionar la publicación de las encuestas sobre preferencias electorales a una verificación previa por parte del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), propuso la bancada parlamentaria de Unión por el Perú (UPP), a través de un proyecto de ley.
La iniciativa, promovida por el congresista Javier Mendoza, señala que las encuestadoras que difundan estos indicadores sin la supervisión establecida serán sancionadas con una multa equivalente a 100 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a 440,000 soles.
El proyecto implica la modificación del artículo 18 de la Ley Orgánica de Elecciones (Ley 27369), referida a la difusión de encuestas y sondeos de opinión.
El proyecto buscar sumar requisitos adicionales a los ya establecidos para las empresas del rubro. Estas, de acuerdo a la legislación vigente, tienen que inscribirse en el Registro Nacional de Encuestadoras del JNE y consignar la ficha técnica de los sondeos que efectúan.
Así, la iniciativa legislativa establece también que solo podrán difundirse en medios de comunicación “aquellas encuestas, sondeos y simulacros de votación cuyo informe técnico haya sido verificado y autorizado previamente por el Jurado Nacional de Elecciones, conforme a los procedimientos reglamentarios”.
Se indica, además, que el máximo ente electoral cancelará la inscripción de la encuestadora que publique los resultados de sus sondeos sin cumplir el requisito mencionado, aplicándosele la multa anteriormente consignada.
Esta se aplicará tanto a las encuestadoras como a los medios de comunicación que difundan encuestas “que presenten inconsistencias o datos falsos, debidamente comprobados”.
El congresista Mendoza, promotor de la propuesta, argumenta que esta se origina en el hecho de que las encuestas electorales “no son fiscalizadas adecuadamente” y suelen “diferir entre sí".
Al respecto “resulta indispensable que el Jurado Nacional de Elecciones, en su calidad de ente rector, cumpla un rol adecuado”, señaló el parlamentario.
(FIN) FGM/VVS
GRM
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Publicado: 27/3/2021