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Gobierno crea nuevo sistema de inversión pública multianual y deroga SNIP

Objetivo es orientar recursos a efectiva prestación de servicios y a provisión de infraestructura

ANDINA/Difusión

10:33 | Lima, dic. 1.

El Poder Ejecutivo publicó hoy el Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y derogó la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), ingresando de esta manera a la era de Invierte.pe.

De acuerdo con el Decreto Legislativo 1252, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, el principal objetivo de la norma es orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país.


Esta publicación se da en el marco de la delegación de facultades que el Congreso de la República delegó en el Poder Ejecutivo, por un plazo de 90 días calendario, sobre diversas materias relacionadas con la reactivación económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción, agua y saneamiento y reorganización de Petroperú.

Se establece que este nuevo sistema incorporará a los actores regionales para garantizar la eficiencia y eficacia del proceso de descentralización con el fin de agilizar e incrementar la calidad de la inversión pública.

Asimismo, restructurará los procesos del SNIP vinculando la cartera de proyectos al desarrollo territorial o sectorial y priorizando el cierre de brechas de infraestructura. 

También mejorará y simplificará la formulación y evaluación de proyectos, modificando las metodologías y parámetros asociados al nivel de servicios.

De igual modo, aprobará medidas para hacer más eficiente la ejecución de los proyectos.

Programación Multianual
Se establece que la programación multianual de la inversión deberá realizarse considerando como principal objetivo el cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios públicos para la población.

Agrega que la programación multianual de la inversión vincula los objetivos nacionales, planes sectoriales nacionales, así como los planes de desarrollo concertados regionales y locales, respectivamente, con la identificación de la cartera de proyectos a ejecutarse. 

Deberá realizarse en concordancia con las proyecciones del Marco Macroeconómico Multianual (MMM).

De igual modo, la programación multianual de inversiones públicas debe partir de un diagnóstico detallado de la situación de las brechas de infraestructura o de acceso a servicios públicos, para luego plantear los objetivos a alcanzarse respecto a dichas brechas.

La programación multianual debe establecer los indicadores de resultado a obtenerse.

Además, el Decreto Legislativo 1252 precisa que los recursos destinados a la inversión deberán procurar el mayor impacto en la sociedad.

El dispositivo asevera que la inversión debe programarse teniendo en cuenta la previsión de recursos para su ejecución y su adecuada operación y mantenimiento, mediante la aplicación del ciclo de inversión.

Agrega que la gestión de la inversión debe realizarse aplicando mecanismos que promuevan la mayor transparencia y calidad a través de la competencia.

El presente Decreto Legislativo también precisa que sólo podrán recibir transferencias del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales cuyas inversiones están orientadas al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios públicos, verificados por el sector competente, conforme a los planes sectoriales nacionales.

Amplían facultades para sancionar 
La norma aclara que la programación multianual, la formulación y la ejecución de inversiones, así como la implementación de modificaciones durante la ejecución, son procesos necesarios para la toma de decisiones referentes a la inversión. Por ello, se encuentran en el ámbito de la discrecionalidad de los funcionarios respectivos. 

No obstante, amplía las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional. 

La información generada por los órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones en el marco de este sistema, incluyendo la información registrada en el Banco de Inversiones, tienen el carácter de Declaración Jurada, y en consecuencia se sujetan a las responsabilidades y consecuencias legales que correspondan.

Este Decreto Legislativo no es de aplicación a las entidades o empresas que por Ley expresa hayan sido excluidas del Sistema Nacional de Inversión Pública.

Para el caso de emergencias 
Los Proyectos de Inversión de Emergencia por desastres o peligro inminente de éstos en el marco del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd) se sujetan a un procedimiento especial aprobado por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, correspondiéndole declarar su viabilidad técnica, a los Sectores, Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, según corresponda. 

Los Proyectos de Inversión de Emergencia se financian con los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, creado mediante el artículo 4 de la Ley 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales.

Por otro lado, la norma dispone que los proyectos de inversión que inicien su formulación luego de la entrada en vigencia del presente Decreto Legislativo, y que se prevean ejecutar en el 2017, no aplican la fase de Programación Multianual, debiendo aplicar las demás fases del Ciclo de Inversión reguladas por la presente norma. 

Las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación que se prevean ejecutar en el 2017 pasan directamente a la fase de Ejecución. 

En tanto, los sectores, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deberán comunicar dichas inversiones a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones hasta antes del 30 de junio del 2017 y su ejecución deberá iniciarse antes del 30 de noviembre del 2017, tomando en cuenta las disposiciones de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

Invierte.pe
El Presidente del Consejo de Ministros (PCM), Fernando Zavala, adelantó ayer la publicación del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y dijo “con este cambio esperamos llegar a una ejecución del 90% de los proyectos, aunque espero lograr en los próximos meses la forma de llegar al 100%”.

Explicó que mediante este nuevo mecanismo a los proyectos de inversión pública ya no se les pedirá rentabilidad social. “Ahora nos concentraremos en el cierre de brechas”, afirmó.

Detalló que antes se pedía perfil de pre factibilidad y de factibilidad. “Ahora vamos a una ficha técnica más un expediente técnico. Antes hablábamos de programaciones de un año, ahora iremos a programaciones multianuales”.
Antes no se continuaban los proyectos, ahora sí se continuarán con los proyectos, manifestó.

Zavala agregó que los sectores, regiones y alcaldes van a tener la oportunidad de ejecutar sus proyectos a tiempo.

Cabe indicar que Invierte.pe es una herramienta del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. 

(FIN) SDD/JJN

Publicado: 1/12/2016