Establece que los afiliados al SPP pueden realizar, por única vez, el retiro extraordinario de hasta 2,000 soles de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC), siempre y cuando no acrediten aportes en los últimos seis meses consecutivos contados desde el 31 de marzo.
“Los afiliados al SPP que cumplan con el requisito antes señalado pueden presentar su solicitud, ante su Administradora Privada de Fondos de Pensiones (AFP), de manera remota o utilizando para ello los canales establecidos por cada AFP”, señala la normativa.
Estipula que dichas administradoras de fondos previsionales deben poner a disposición el pago del monto señalado en abril.
“En caso la CIC cuente con un monto menor a 2,000 soles, la AFP debe poner a disposición del afiliado el íntegro de dicha cuenta.
Vigencia
Las disposiciones del presente decreto de urgencia tienen vigencia hasta el 31 de diciembre del 2020.
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(FIN) RGP/JJN