Los trabajadores dependientes que tengan un saldo a su favor en la Declaración del Impuesto a la Renta (IR) 2019, recibirán este excedente en las cuentas bancarias que indiquen a partir del 13 de abril próximo, informó hoy la vocera de la Sunat, Noelina Meza.
Para asegurar esta devolución no es necesario que realice algún trámite, pues sus empresas empleadoras van reteniendo parte de esos impuestos a lo largo del año.
“Al estar en planilla no se está en la obligación de presentar la Declaración pues la devolución será de oficio”, subrayó en #AndinaCanalOnline.
Código Interbancario y clave sol
Sin embargo, es necesario que usted haya registrado, previamente, su Código de Cuenta Interbancario (que puede obtener en su banco).
Para hacer este registro deberá hacer uso de su clave sol la cual puede obtenerse en el portal electrónico de la Sunat (
www.sunat.pe) y de haber algún inconveniente en las oficinas de la Sunat o en las sedes MAC, Mejor Atención al Contribuyente, donde recibirá atención preferente.
Algunas precisiones son que el Código de Cuenta Interbancario esté a nombre del usuario, tiene que ser una cuenta en soles y debe registrarse en la página electrónica de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Devolución por consumos
Como usted sabe, los trabajadores dependientes e independientes pueden reducir el monto al cual se le aplicará el Impuesto a la Renta (IR) mediante sus consumos en restaurantes, hoteles, alquiler de viviendas, servicios por honorarios profesionales y el pago de Essalud por los trabajadores del hogar.
Califican para obtener este beneficio, los trabajadores dependientes e independientes con ingresos anuales mayores a 7 UIT (29,400 soles) y que pagan IR. Ellos pueden llegar a deducir (reducir la base imponible) hasta 3 UIT por los gastos realizados en determinados rubros.
“Toda aquella persona que emita recibo por honorario o esté en planillas y perciban ingresos adicionales, que además tengan un saldo a su favor cuando verifiquen su Declaración Jurada Anual del IR, van a poder solicitar la devolución en línea sin el uso de formularios, todo es con el formato 1649 que se puede solicitar a través del APP Personas. Declaro y a la vez solicito la devolución”, explicó.
En estos casos la devolución puede salir en 45 días o antes.
Facilidades a contribuyentes
Noelina explicó la Sunat tiene la APP Personas, una aplicación que permite a los contribuyentes cumplir en mejores condiciones con sus deberes tributarios. Ya hay 222,000 personas que están haciendo uso de esta facilidad.
Ahí pueden encontrar los sujetos obligados a declarar el IR, los gastos deducibles, entre otros.
“Esta APP Personas es solamente para aquellas personas que tengan un saldo a su favor, es decir una devolución. Las que no tengan un saldo a su favor tienen que utilizar el formulario 709”, dijo.
Comentó que con el formulario 709 los contribuyentes tienen la opción de fraccionamiento en el pago del IR.
La persona natural o persona jurídica puede fraccionar el pago del IR, pero hay que tener en cuenta un tope.
“Hasta 150 UIT se puede hacer desde ya el fraccionamiento en línea, si el importa a pagar es mayor se va a tener fraccionar a partir del primer día hábil de mayo. En estos casos se aplica una tasa de interés mínima”, indicó.
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(FIN) SDD/JJN
Video: Sunat devolverá impuesto a la renta a partir del 13 de abril
Publicado: 19/2/2020