El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), determinó hoy la banda de precios para el Gas Licuado de Petróleo (GLP) envasado entre 1.57 y 1.63 soles por kilogramo.
Así lo determinó a través de la Resolución de la Gerencia de Regulación de Tarifas Osinergmin N° 067-2023-OS/GRT, publicada hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
La norma fija la Banda de Precios para el GLP-E, según lo siguiente:
Notas:
1. Los valores se expresan en soles por kilogramo.
2. LS: Límite Superior de la Banda.
3. LI: Límite Inferior de la Banda.
4. GLP-E: Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado.
Asimismo, en el artículo 2 de la presente norma, se fija como margen comercial para el GLP-E en el artículo 1 de la presente resolución, el valor del Cuadro N° 4 del Informe Técnico N° 628-2023-GRT.
También se determina que la presente resolución estará vigente a partir del martes 5 de septiembre hasta el jueves 28 de septiembre de 2023.
Finalmente, se dispone la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y consignarla junto con el Informe Técnico N° 628-2023-GRT y el Informe Legal N° 535-2022-GRT, en el siguiente link:
Resoluciones Osinergmin .
La norma lleva la rúbrica del gerente de Regulación de Tarifas (e) Luis Grajeda Puelles.
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(FIN) NDP / MDV
Publicado: 4/9/2023