La Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas (Digemid) del Ministerio de Salud reiteró a los establecimientos farmacéuticos que deben reportar de forma obligatoria el stock y los precios de los productos farmacéuticos y dispositivos médicos empleados en el manejo y tratamiento del covid-19, cuyo incumplimiento puede ser sancionado con multas de hasta 4 UIT.
Los inspectores de la Digemid se desplazan en Lima a diversos laboratorios y droguerías que comercializan productos para el tratamiento del nuevo coronavirus, entre ellos el oxígeno medicinal, pulsoxímetros, mascarillas, concentradores de oxígeno y otros incluidos en el Listado de bienes esenciales para el manejo y
tratamiento del covid-19.
Estas intervenciones se realizan como parte de las acciones para reforzar la respuesta sanitaria, en el marco del estado de emergencia sanitaria por el covid-19.
Los establecimientos farmacéuticos, sean farmacias, boticas, laboratorios o droguerías, están en la obligación de transparentar la información de los productos para facilitar el acceso a la población.
Así lo establece el Decreto de Urgencia 059-2020, que dicta medidas extraordinarias para garantizar el acceso a medicamentos y dispositivos médicos para el tratamiento del covid-19.
Más en Andina:
(FIN) NDP/RRC