El boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano difunde una serie de dispositivos de interés público y de impacto para la marcha del país. Conoce a continuación cuáles son las normas más relevantes de hoy martes 30 de enero del 2024.
Estado de emergencia
Decreto Supremo 005-2024-PCM. Decreto supremo que declara el estado de emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huánuco, Huancavelica, Ica, Moquegua y Pasco por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales.
Se declara el estado de emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huánuco, Huancavelica, Ica, Moquegua y Pasco, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.
El Niño
Decreto Supremo 006-2024-PCM. Decreto supremo que prorroga el estado de emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Ica, La Libertad, Lambayeque, Lima, Pasco, Piura, San Martín y Tumbes por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (período 2023-2024) y posible Fenómeno de El Niño
A través del decreto supremo se prorroga por 60 días calendario el estado de emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Ica, La Libertad, Lambayeque, Lima, Pasco, Piura, San Martín y Tumbes, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (período 2023- 2024) y posible Fenómeno de El Niño, declarado mediante el Decreto Supremo 072-2023-PCM, a partir del 4 de febrero del 2024, con la finalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.
Precipitaciones pluviales
Decreto Supremo 007-2024-PCM. Decreto supremo que prorroga el estado de emergencia en el distrito de Echarate, de la provincia de La Convención, del departamento de Cusco, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales
Se prorroga el estado de emergencia en el distrito de Echarate, de la provincia de La Convención, del departamento de Cusco, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, declarado mediante el Decreto Supremo 135-2023- PCM, por el término de 60 días calendario, a partir del 5 de febrero del 2024, con la finalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.
Corredor Vial Sur
Se establece la declaratoria del estado de emergencia por el término de 30 días calendario, a partir del 5 de febrero del 2024, en el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa, incluyendo los 500 metros adyacentes a cada lado de la vía. La Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
Madre de Dios
Decreto Supremo 009-2024-PCM. Decreto supremo que prorroga el estado de emergencia en los distritos de Tambopata, Inambari, Las Piedras y Laberinto, de la provincia de Tambopata; y en los distritos de Madre de Dios y Huepetuhe, de la provincia de Manu, del departamento de Madre de Dios.
Se prorroga por el término de 60 días calendario, a partir del 1 de febrero del 2024, el estado de emergencia declarado en los distritos de Tambopata, Inambari, Las Piedras y Laberinto, de la provincia de Tambopata; y en los distritos de Madre de Dios y Huepetuhe, de la provincia de Manu, del departamento de Madre de Dios. La Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas. La medida permitirá continuar con las actividades para combatir y neutralizar la tala y minería ilegal, así como sus delitos conexos.
Embajador
La resolución dispone el nombramiento del embajador extraordinario y plenipotenciario de Perú en la República Helénica al embajador en el Servicio Diplomático de la República, Arturo Javier Arciniega Calderón. Por ello, se le extienden las cartas credenciales y plenos poderes correspondientes.
(FIN) JCC
GRM
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