Andina

Transfieren S/ 82.3 millones para bono extraordinario al personal del sector Salud

Correspondiente al mes de marzo del presente año

Personal del sector Salud encargado de las vacunaciones contra el covid-19. ANDINA/Difusión

Personal del sector Salud encargado de las vacunaciones contra el covid-19. ANDINA/Difusión

22:15 | Lima, jun. 9.

El Ejecutivo aprobó hoy la transferencia de más de 82 millones de soles a favor del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de Gobiernos Regionales

Así lo estableció a través del Decreto Supremo Nº 141-2021-EF, publicado hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

La norma precisa la autorización de transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2021, hasta por la suma de 82 millones 393,200 soles, a favor del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de 25 Gobiernos Regionales.

Estos recursos serán para financiar el otorgamiento de la bonificación extraordinaria del personal de la salud y del personal administrativo, correspondiente al mes de marzo de 2021, en el marco de lo establecido en el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 020-2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas.

Los montos de la transferencia de partidas por pliego y unidades ejecutoras, se consignan en el Anexo “Bonificación Extraordinaria a favor del personal de la salud y del personal administrativo dispuesto en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 020-2021, para el mes de marzo de 2021” que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa).
 
Asimismo, la lista de los beneficiarios de la bonificación extraordinaria, al que se refiere el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 020-2021, correspondiente al mes de marzo de 2021, es publicada por el Ministerio de Salud en su portal institucional (www.gob.pe/minsa)
 
Los recursos transferidos en el presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son otorgados.

La norma lleva la rúbrica del presidente de la República, Francisco Sagasti; del ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza; y del ministro de Salud, Óscar Ugarte.



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Publicado: 9/6/2021
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