Andina

SBS dispone intervención de tres cooperativas de ahorro y crédito

Se designó a los interventores para que dirijan esos procesos

ANDINA

ANDINA

08:55 | Lima, dic. 6.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró el sometimiento a régimen de intervención de tres cooperativas de ahorro y crédito, por encontrarse incursas en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa establecida en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros.

Mediante Resolución SBS N° 04138-2024, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se designó a Rocío La Rosa León y Ana Claudia Castro Rivas como interventores, para que, en representación de la SBS, realicen los actos necesarios para llevar adelante la intervención en la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coopevisión Cusco.

Asimismo, vía Resolución SBS N° 04139-2024, se designó a Rosario Isabel Tapia Casas y George Roger Vilcatoma Ollais como representantes de la SBS en la intervención de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Acción para el Desarrollo y Emprendimiento Ltda. (Adecoop).

Además, a través de la Resolución SBS N° 04140-2024, se designó a Aldo Erick Rojas Sánchez y Silvia Beatriz Daza Robles como interventores, para que, en representación de la SBS, realicen los actos necesarios para llevar adelante la intervención en la Cooperativa de Ahorro y Crédito Crecer Perú.




Para los tres casos, los representantes de la SBS gozarán de todas las facultades necesarias para:

- La determinación del patrimonio real de las cooperativas de ahorro y crédito mencionadas, en aplicación del Reglamento de Regímenes Especiales.

- La suscripción de la constancia de convocatoria y de cuórum de la asamblea general de las cooperativas de ahorro y crédito en mención; así como limitar exclusivamente los temas a tratar en dicha asamblea, conforme al Reglamento de Regímenes Especiales.

- El cumplimiento de las disposiciones dictadas por la SBS respecto de la aplicación del régimen de intervención, conforme al Reglamento de Regímenes Especiales.


- SBS propone ampliar operaciones a través de canales complementarios


Además, en aplicación de lo dispuesto en el Reglamento de Regímenes Especiales, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución se prohíbe lo siguiente en las cooperativas de ahorro y crédito mencionadas:

- Iniciar contra ellas procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.

- Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas contra ellas.

- Constituir gravámenes sobre alguno de sus bienes en garantía de las obligaciones que le conciernen.

- Hacer pagos, adelantos o compensaciones o asumir obligaciones por cuenta de ellas, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros.

- Constituir medida cautelar contra sus bienes.


Más en Andina:



(FIN) CNA
JRA

Publicado: 6/12/2024