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Sunarp aprueba Certificado de Búsqueda Catastral con firma electrónica

Medida entrará en vigencia a partir del 10 de este mes

Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp). Foto: ANDINA/Jhonel Rodríguez Robles

Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp). Foto: ANDINA/Jhonel Rodríguez Robles

08:54 | Lima, ago. 5.

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprobó la expedición del Certificado de Búsqueda Catastral con firma electrónica y código de verificación, a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) a nivel nacional.

La medida se dispuso a través de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos 103-2020-Sunarp/SN, publicada hoy en el diario El Peruano.

La presente norma entra en vigencia a partir del 10 de este mes.

En los considerandos de la normativa, se señala que actualmente el Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) permite a los usuarios solicitar, desde un ordenador, vía web, publicidad certificada con firma electrónica, facilitándoles obtener la publicidad registral sin la necesidad de acudir de forma presencial a las oficinas registrales o tener que pagar tasas por envío de documentación.

Se menciona que la Oficina General de Tecnologías de la Información, en coordinación con la Dirección Técnica Registral, ha desarrollado las mejoras informáticas que permiten la expedición, con firma electrónica y código de verificación, del Certificado de Búsqueda Catastral.

De tal forma que la solicitud se presenta vía una cuenta del SPRL, a la que se adjunta los planos y memoria descriptiva, que son asignados al área de catastro para la emisión del informe técnico, el cual con el gráfico resultante de la evaluación, es remitido al área de publicidad donde se genera el certificado de búsqueda catastral con firma electrónica, para ser enviado a la cuenta del usuario en el SPRL.

Se explica que el citado servicio se ha implementado bajo las reglas de tramitación y expedición previstas en el Reglamento del Servicio de Publicidad Registral y en la Directiva 05-2017-Sunarp-SN, que regula el otorgamiento de la publicidad certificada con firma electrónica expedida vía el SPRL, cuyo literal l) del artículo 5.2 establece que, mediante resolución del Superintendente de los Registros Públicos, se podrán incorporar servicios de publicidad registral certificada, con firma electrónica y código de verificación para ser otorgados por el SPRL.

Se destaca que en atención a la Ley 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la Sunarp viene desarrollando un proceso de modernización integral, con la finalidad de asegurar la mejor calidad en la prestación de sus servicios registrales a la ciudadanía, encontrándose dentro de esta línea de acción, el desarrollo de nuevas herramientas tecnológicas que permita a los ciudadanos acceder a la información registral de manera directa y oportuna.


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(FIN) MMG

Publicado: 5/8/2020