Con la finalidad de reactivar la economía a través de la ejecución de proyectos de saneamiento urbano y rural, así como de infraestructura vial y equipamiento urbano, el Gobierno peruano autorizó la transferencia de partidas por hasta 116 millones 549,095 soles a favor de dos gobiernos regionales y 74 municipalidades en el ámbito nacional, para ejecutar 85 proyectos de inversión.
De acuerdo con Decreto Supremo 091-2025-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano, los recursos se destinaron desde el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) hacia la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), desde donde serán transferidos a las unidades ejecutoras correspondientes.
Las municipalidades beneficiadas pertenecen a las regiones Huánuco, con 6 proyectos por 12 millones 474,286 soles; Piura, con 4 proyectos por 10 millones 889,877; Ayacucho, con 8 proyectos por 10 millones 820,418, y Cusco, con 8 proyectos por 10 millones 054,046. A estas regiones les siguen Cajamarca, con 7 proyectos por 8 millones 296,554; La Libertad, con 5 proyectos por 8 millones 109,642; Loreto, con 5 proyectos por 8 millones 056,537, y Lima, con 6 proyectos por 8 millones 050,246.
Además, también han sido beneficiadas Huancavelica, con 6 proyectos por 7 millones 796,503 soles; Amazonas, con 5 proyectos por 7 millones 141,066; Apurímac, con 5 proyectos por 6 millones 317,536; San Martín, con 4 proyectos por 5 millones 392,640; Junín, con 4 proyectos por 3 millones 298,785; Áncash, con 3 proyectos por 3 millones 122,108, y Ucayali, con 3 proyectos por 2 millones 337,996. También están consideradas Madre de Dios, con 2 proyectos por 1 millón 476,836; Puno, con 2 proyectos por 732,147, e Ica, con un proyecto por 201,393.
De igual forma, los gobiernos regionales de Pasco y San Martín recibirán recursos por 1 millón 980,479 y 662,238, respectivamente, para el mejoramiento de la transitabilidad vehicular y peatonal en el asentamiento humano Columna Pasco (Yanacancha) y el mejoramiento y ampliación del servicio de abastecimiento de agua potable y disposición sanitaria de excretas del centro poblado de Flor del Mayo (Moyobamba).
Conforme a lo establecido en la norma, los recursos no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos; además, deben ser desagregados dentro de los cinco días calendario desde la entrada en vigencia del decreto, a fin de ser utilizados en beneficio de la población.
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(FIN) NDP/GDS/JJN
GRM
Publicado: 14/5/2025