Las trabajadoras del hogar tienen derecho a recibir una gratificación completa equivalente a su sueldo mensual por Fiestas Patrias, según la Ley N.º 31047, vigente desde octubre de 2020.
Así lo recuerda la Asociación Grupo de Trabajo Redes (AGTR). “El pago de la gratificación no es un favor, es un derecho reconocido por ley. Su cumplimiento es una muestra de respeto y reconocimiento por el valioso trabajo que realizan miles de mujeres en los hogares peruanos”, sostiene Sofía Mauricio, miembro del Consejo Directivo de AGTR.
Mauricio detalla que las trabajadoras del hogar deben recibir, por Fiestas Patrias, una gratificación equivalente a una remuneración mensual y que a este monto se le debe sumar una Bonificación Extraordinaria, siempre y cuando esté afiliada al seguro de salud.
“Si la trabajadora está afiliada a EsSalud, la bonificación será del 9% del monto de la gratificación. Por ejemplo, si la trabajadora del hogar gana 1,130 soles y está afiliada a EsSalud, le correspondería una gratificación de 1,130 más una bonificación extraordinaria de 101.70, sumando un total de 1,231.70”, explica.
El plazo legal para realizar este pago vence el 15 de julio. Si ese día es feriado o fin de semana, el depósito debe hacerse el día hábil anterior. Para que la trabajadora tenga derecho a este beneficio, debe existir un vínculo laboral vigente (con o sin contrato escrito), y haber trabajado al menos un mes entre enero y junio del año en curso. Si no ha trabajado todo el semestre, se le paga proporcionalmente al tiempo laborado.
Evita multas
No pagar este beneficio puede acarrear sanciones. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) considera el incumplimiento como una infracción grave, que puede traducirse en multas superiores a los 700 soles (0.13 UIT) por cada trabajadora afectada. Además, la trabajadora puede iniciar un proceso judicial para reclamar sus beneficios impagos.
Pese a que la ley es clara, 8 de cada 10 trabajadoras del hogar no reciben su gratificación, según testimonios recogidos por AGTR. El desconocimiento, la informalidad y falsas creencias, como pensar que las trabajadoras por días no tienen derecho, son algunas de las principales razones
“Animo a las mujeres trabajadoras a informarse más sobre la Ley N° 31047. Recuerden que tienen derecho a una gratificación completa en julio y diciembre, CTS, vacaciones de 30 días, seguro de salud, y el sueldo no debe ser menor a la Remuneración Mínima Vital (1,130 soles). Deberes y derechos van de la mano”, concluyó Sofía Mauricio.
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(FIN) NDP/GDS
Publicado: 5/7/2025