Recaudación llegaría a S/121,000 millones con nuevas medidas antielusivas
Unas 500,000 empresas serían fiscalizadas de manera electrónica en Impuesto a la Renta

ANDINA/archivo
Las nuevas medidas antielusivas permitirían lograr una recaudación de 121,000 millones de soles en 2019, cantidad superior en casi 16% al 2018 (104,590 millones de soles), refirió el CEO de TPC Group, Carlos Vargas.
Publicado: 3/2/2019
“Se espera lograr ese monto a través de las recientes modificaciones tributarias publicadas, como el cumplimiento del plan BEPS en la regulación de precios de transferencia, asistencia mutua entre países para detectar acciones elusivas y cooperar para el cobro de impuestos, entre otras medidas”, explicó.
Cabe señalar que la recaudación tributaria en 2018 creció 13.8% al sumar 104,590 millones de soles, indicó la Sunat, resultado que revirtió la tendencia negativa registrada en 2015 (-8.6%), 2016 (-4.4%) y 2017 (-1.3%).
Vargas refirió que el incremento de la recaudación vendría por la fiscalización virtual a través de los libros contables y facturación electrónica.
“Este año habrían alrededor de 500,000 empresas en el Perú que serían fiscalizadas electrónicamente por Impuesto General a la Ventas e Impuesto a la Renta, con lo cual se determinarían inconsistencias que harían que la recaudación se incremente”, explicó.
Por otro lado, la Sunat tiene en proceso diversos procedimientos en fiscalizaciones de precios de transferencia, con el reporte local, reporte maestro y reporte país por país, sino también en informes adicionales que puedan sustentar las deducciones de costos y gastos en las operaciones de grupos económicos, como es el Test de Beneficio, el cual se encuentra reglamentado desde el pasado 01 de enero del presente año.
Nuevos métodos de valorización
Asimismo, Vargas indicó que, dentro de las recientes modificaciones al reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta para alcanzar la meta propuesta, están incluidos dentro del paquete de medidas BEPS (Base Erosion and Profit Shifting o Erosión de la base imponible y traslado de beneficios) la aplicación del sexto método de valorización para las operaciones de importación y/o exportación de commodities por los commodities aplicables para el cobre, oro, plata, zinc, harina de pescado, maíz, soya y trigo.
“Los contribuyentes que realicen este tipo de operaciones deben presentar la comunicación formal a la Sunat con carácter de Declaración Jurada, el contrato o cualquier otro documento en el que conste los términos de lo convenido por ambas partes”, dijo.
“En adelante, se tendrá que informar con 15 días de anticipación a la a la Sunat el precio de cada embarque o desembarque de comercialización”, agregó.
En ese sentido, advirtió que al no presentar esta Declaración Jurada podría generar multas de 0.6% de los ingresos netos del contribuyente.
El representante de TPC Group manifestó que debe tenerse en cuenta que también se han definido a los Países o Territorios de Baja o Nula Imposición Tributaria (PTBNI), Países en Regímenes Fiscales Preferenciales o Países o No Cooperantes; se han modificado las normas para la deducibilidad de intereses y normas para calcular el valor en la transferencia de acciones, entre otras.
De esta forma, añadió que la autoridad tributaria avanza en fiscalización internacional, a fin de aumentar la recaudación y presión tributaria, promoviendo la transparencia en las operaciones nacionales y transfronterizas.
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— Agencia Andina (@Agencia_Andina) 3 de febrero de 2019
(FIN) MDV / MDV
Publicado: 3/2/2019
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