El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó hoy los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos en diversos pliegos del Gobierno Nacional para el financiamiento de sus actividades operativas y de gestión para el cumplimiento de sus funciones y la adecuada prestación de los servicios a su cargo.
Mediante decreto supremo (DS) 184-2022 del MEF, publicado hoy en el diario El Peruano, se aprobó el cambio antes citado establecido en el DS 005-2022 del MEF.
Se determina que la modificación en los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos en el presupuesto institucional de los diversos pliegos del Gobierno Nacional está señalada en el anexo, que se publica hoy en la sede digital del MEF (
www.gob.pe/mef).
Se dispone que los titulares de las entidades bajo el alcance del presente DS son responsables de su adecuada implementación, así como del uso de los recursos comprendidos en el mismo, de conformidad con la normatividad vigente.
En los considerandos de la norma, se señala que a través del DS 005-2022 del MEF se establecen los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para el Año Fiscal 2022, que se destinan al financiamiento del gasto corriente en los pliegos del Gobierno Nacional, entre otros.
Ello, en el marco de lo fijado en los numerales 50.1 y 50.2 del artículo 50 del Decreto Legislativo (DL) 1440, DL del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
El numeral 50.2 del artículo 50 del DL 1440, señala que los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos que se generen por la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, pueden modificarse vía DS, previa evaluación del cumplimiento de las reglas fiscales.
Se indica que diversos pliegos del Gobierno Nacional solicitaron la modificación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos en gasto corriente para financiar sus actividades operativas y de gestión para el cumplimiento de sus funciones y la adecuada prestación de los servicios a su cargo.
Se menciona que la Dirección de Programación y Seguimiento Presupuestal de la Dirección General de Presupuesto Público verificó que la propuesta de modificación de límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos, se encuentra en consistencia con los límites del gasto no financiero presupuestal y del gasto corriente presupuestal (incluyendo mantenimiento) fijado para el 2022.
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(FIN) MMG
Publicado: 14/8/2022