El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) fijó una nueva banda de precios para el diésel B5, destinado al uso vehicular y el gas licuado de petróleo, destinado para envasado (GLP-E), usado comúnmente para los balones de gas empleados en los hogares.
De este modo, el límite inferior para el diésel B5 de alto y bajo azufre será de 10.85 soles por galón; mientras que el límite superior ha sido establecido en 10.95.
En relación al GLP-E, el límite inferior será de 2.35 soles por kilogramo (kg) y el límite superior, de 2.41.
La referida norma también fija la banda de precios para el petróleo industrial 6, utilizado en generación eléctrica en sistemas aislados, el cual será de 7.95 soles por galón en el límite inferior y 8.05 en el superior.
La vigencia de las bandas de precios del diésel y el GLP envasado será del 26 de abril del presente año al 30 de mayo. En el caso del petróleo industrial, los límites estarán vigentes del 26 de abril al 27 de junio.
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(FIN) GDS
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Publicado: 25/4/2024