El Ministerio de Trabajo publicó hoy en el diario oficial El Peruano los días no laborables para trabajadores del sector público durante el año 2018, a fin de fomentar el desarrollo del turismo interno.
-Martes 2 de enero
-Viernes 27 de julio
-Viernes 31 de agosto
-Viernes 2 de noviembre
La norma precisa que las horas dejadas de trabajar en dichos días serán compensados en la semana posterior, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
Sector privado
El sector privado también podrán acogerse a lo dispuesto en el Decreto Supremo, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo decidirá el empleador.
Están exceptuadas de los días no laborables aquellas labores indispensables, en todo tipo de empresa, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata de la actividad ordinaria de la empresa.
Corresponde al empleador determinar tales labores y la relación de los trabajadores que deben desempeñarlas.
La resolución suprema está refrendada por el presidente Pedro Pablo Kuczynski; la primer ministra, Mercedes Aráoz; así como por los ministros de Comercio Exterior y Turismo, Alfonso Grados y de Trabajo, Alfonso Grados.
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(FIN) LIT/RRC
JRA
Publicado: 26/12/2017